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La Comisión de Análisis del Sistema Adversarial de Audiencias tomó sus primeras decisiones

Los Jueces que representan a sus pares del Fuero Penal Colegiado de toda la provincia analizaron el Proyecto de Audiencia Oral para Medidas de Prueba Urgentes y el Protocolo de Buenas Prácticas para Audiencias Preliminares. La Comisión emitió despachos.

El miércoles 10 de abril de 2.024 se realizó la segunda reunión de la Comisión de Análisis del Sistema Adversarial, que está integrada por los magistrados que representan a sus pares de todos los Colegios de Jueces de las circunscripciones judiciales de Mendoza. Durante el encuentro, se tomaron algunas definiciones con el objetivo de mejorar la efectividad de las audiencias penales.

En este punto, cabe explicar el funcionamiento de la Comisión de Análisis de Seguimiento del Sistema Adversarial y de la Conferencia de Jueces. La primera está integrada por magistrados que se reúnen periódicamente para estudiar las propuestas y producir dictámenes en el afán de lograr cambios superadores. Es decir, por ella pasan los proyectos antes de ser sometidos al análisis y consideración de la Conferencia de Jueces.

En este sentido, la primera medida que tomó la Comisión es aprobar y elevar el Proyecto de Audiencia Oral para Medidas de Prueba Urgentes solicitadas por el Ministerio Público Fiscal. Por este tipo de medidas se entiende a todas aquellas consideradas necesarias y pertinentes por el Ministerio en el marco de las investigaciones que lleva adelante. La opinión de la Comisión es que se emita una Resolución estableciendo una prueba piloto a partir del mes de mayo con la finalidad de agilizar el trámite y la toma de decisión.

Entre los puntos que se destacan del proyecto se cuentan: la limitación del sistema de este tipo de audiencias orales sólo para casos graves o de investigación compleja; el legitimado para solicitar la audiencia oral es el representante del Ministerio Público Fiscal y en su caso lo puede disponer el Juez de turno de oficio, quienes lo harán conforme a los formularios vigentes; el representante del Ministerio Público Fiscal expondrá la motivación del pedido de audiencia en forma oral; el Secretario de turno fijará la audiencia en forma inmediata; y dos (2) jueces trabajarán en conjunto (uno en la realización de las audiencias para medidas complejas y otro para proveer las medidas por escrito) sin perjudicar la agenda de audiencias jurisdiccionales.

La segunda medida que tomó la Comisión de Análisis del Sistema Adversarial apunta a dotar de eficacia a las audiencias preliminares, cuya importancia reside en ser las audiencias preparatorias del juicio ya que en ellas se define el eje de la controversia y se determinan las pruebas que podrán utilizarse en el desarrollo del mismo. Con la mira puesta en llegar a un juicio ágil, evitando durante el debate realizar actos innecesarios y carente de información precaria o de baja calidad o el desestimiento de prueba, es que la Comisión aprobó el Protocolo de Buenas Prácticas elaborado por jueces y solicitaron al Ministro Coordinador que convoque a la Conferencia de Jueces para someterlo a su análisis y consideración.

De esta forma, la Comisión propuso las siguientes actividades a desarrollar en la audiencia preliminar:  Identificar al imputado con todas sus circunstancias personales;  Interrogar a las partes si han llegado a un acuerdo para la aplicación de un criterio de oportunidad;  Citar a las partes a juicio si en el punto anterior no llegaron a un acuerdo;  Plantear Nulidades y Excepciones;  Cada parte dará a conocer su Teoría del Caso;  Interrogar a las partes si han alcanzado Acuerdos Probatorios sobre ciertos hechos;  Ofrecer Pruebas por escrito y con copia para las otras partes;  Decidir sobre la Admisibilidad de la prueba ofrecida; y  Ordenar a la OGAP que fije fecha para la realización del debate.

Es importante recordar que la Conferencia de Jueces se tuvo por constituida con la Resolución N° 67 y dentro de su marco de trabajo se creó la Comisión de Análisis del Sistema Adversarial a través de la Resolución N° 69. Asimismo, los lineamientos como las directivas de trabajo de la mencionada Comisión fueron dispuestos mediante la Resolución N° 70.

A través de los siguientes links se puede acceder a todas las resoluciones referidas anteriormente:

https://jusmendoza.gob.ar/wp-content/uploads/2024/01/RESOLUCION-N%C2%B0-67-IMPL-9.040-Declaracion-Constitutiva-de-Conferencia-de-Jueces-Penales.pdf

https://jusmendoza.gob.ar/wp-content/uploads/2024/01/RESOLUCION-N%C2%B0-69-IMPL-9.040-Creacion-de-la-Comision-de-Analisis-del-Sistema-Adversarial-de-Audiencias.pdf

https://jusmendoza.gob.ar/wp-content/uploads/2024/03/RESOLUCION-N%C2%B0-70-IMPL-9.040-Integracion-Comision-Analisis-del-Sistema-Adversarial.pdf