PROVEEDOR – CONSUMIDOR
– Compras en internet
– Cobros en tarjetas de crédito sin consentimiento
– Clonación de tarjetas de débito
– Contrataciones de servicios y electrónicas
– Compra/venta de productos
– Reclamos contra prestadores de servicios públicos domiciliarios, tales como: Aysam, Edemsa, Ecogas, etcétera; Bancos y Compañías Financieras; Contrataciones turísticas; Medicina Prepaga.
1) Se debe cuantificar el reclamo en dinero, no excediendo los 3 JUS.
2) El conflicto no debe revestir complejidad.
3) La acreditación del daño no debe requerir prueba pericial.
– Filtraciones
– Humedad
– Forestal
– Medianeras (solo conflictos de menor importancia relativos a la conservación y mantenimiento de la pared medianera).
¿Qué tipo de reclamo hacer según la descripción anterior?
Tener en cuenta que mientras más detalle y precisión de los datos, se facilitará el proceso.
Adjuntar toda la documentación que respalda tu reclamo, por ejemplo: ticket/factura, mails, etcétera.
Una vez recepcionado el reclamo, la Oficina de Pequeñas Causas y Consumo actúa.
Se comunica el inicio de la causa judicial al reclamado y se envía el expediente escaneado.
Puede realizarse en forma presencial o virtual.
El proceso de negociación termina con la firma del acta de acuerdo. Una vez notificado el cumplimiento de lo acordado, se acredita en el expediente y se confecciona un decreto de archivo de las actuaciones.
La instancia continuará con el llenado del formulario correspondiente al tipo de reclamo