Oficina de Legalizaciones y Certificaciones

Legalizaciones

La legalización, es la autenticación, por semejanza, de la firma y sello del funcionario librador de un documento. Cumple la función de validar el instrumento a fin de que éste tenga efectos jurídicos para ser presentado ante autoridades de otras provincias, organismos federales y/o extranjeros. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser realizado por el interesado o un tercero y no se requiere de patrocinio letrado (abogado).

Documentos que se legalizan

  • Certificados analíticos o de estudio expedidos por el Gobierno provincial.
  • Certificados provisorios universitarios.
  • Constancias y/o actuaciones judiciales.
  • Títulos primarios, secundarios, terciarios y universitarios (sólo si son provisorios).
  • Partidas de nacimiento.
  • Actas de defunción.
  • Actas de matrimonio.

No deben tener más de seis meses de vigencia

  • Sentencias
  • Declaratoria de Herederos, etc. 

Las actuaciones judiciales se pueden legalizar siempre que posean firmas de Funcionarios del Poder Judicial, cuya firma digital se encuentre vigente.

Legalización digital de documentos

Requisitos para legalizar documentos firmados digitalmente
 
Para legalizar un documento firmado digitalmente, debera contar previamente con el documento a legalizar en formato digital (archivo jpg o pdf), pagar el código 010 correspondiente a su tramitación y completar el formulario para legalizar documentos.
Deberá realizar un formulario por cada documento a legalizar.
Normativa: Acordada N° 
 
1- Ingresar al botón Comprar Código 010.
2- En la página de ATM seleccionar Pagar on line.
3- Luego seleccionar Tasas.
4- Para acceder al portal de compra deberá selecionar EPAGOS.
5- Completar los datos solicitados.
6- Seleccionar Repartición (Poder Judicial -Servicios Administrativos) y Tasa (010 -INC. 1 Certif/Legalizac. P. Judicial o H.J.Elect).
7- Elegir el medio de pago y presionar Pagar.
8- Le llegará un comprobante de pago a su correo electrónico.
1- Ingresar al Formulario Legalizaciones.
2- Completar los datos solicitados.
3- Disponer del documento con firma digital a legalizar en formato digital (archivo jpeg o pdf).
4- Adjuntar al formulario el documento a legalizar con firma digital y el comprobante de pago del código 010.
5- Solo podrá legalizar un documento por formulario.
6- Cada trámite requiere previamente haber abonado el código correspondiente.
7- Una vez generado el número de formulario se enviará una copia al correo electrónico y podrá realizar el seguimiento de su solicitud ingresando al botón Seguimiento de Solicitud.
8- Al realizar el formulario, si selecciona la opción papel deberá dirigirse en forma personal para retirarlo por calle San Martín 322, Ala Este, Planta Baja, Ciudad de Mendoza. En caso de seleccionar la opción digital será enviado al correo electrónico que informó en la solicitud.

Certificaciones

La Certificación de firmas consiste en dar por cierta y perteneciente al firmante que acredita su identidad, la rúbrica (firma) estampada por éste en un instrumento ante un secretario judicial.

En la Oficina de certificaciones se certifican firmas, no su contenido, en los siguientes trámites o documentos:

AUTORIZACIÓN DE VIAJE FUERA DEL PAÍS A MENORES DE EDAD

Es la autorización que deben otorgar los padres a un menor de edad para viajar fuera de la República Argentina. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales provinciales.

Gestión del trámite:

a) Si la persona menor de edad viaja sola y/o con terceras personas que no sea alguno de sus progenitores, deben firmar ambos al momento de la presentación de la documentación (excepto cuando hay algún tipo de restricción entre los padres).

b) Si viaja con alguno de sus progenitores, la autorización debe ser firmada por el progenitor autorizante.

Documentación a presentar:

    • DNI de los padres y del niño, niña o adolescente vigente.
    • Partida de Nacimiento Actualizada (Se actualiza en el Registro Civil).
    • Tres códigos 010, los mismos se adquieren en Bolsa de Comercio o Banco de la Nación Argentina y su valor es de $500 cada uno.

Las personas menores de edad, entre 13 y 18 años, deben concurrir a la Oficina de Legalizaciones y Certificaciones para prestar su conformidad expresa (firma).

En caso de que uno de los padres esté radicado en otro país o provincia deberá presentar su autorización legalizada y apostillada, según la normativa del lugar en donde resida. Si, por el contrario, alguno de los dos hubiese fallecido se deberá presentar partida de defunción legalizada.

Los interesados deberán completar el formulario proporcionado por la Oficina de Certificaciones y Legalizaciones al momento de solicitar la autorización. Ver anexos siguientes:

Los jóvenes con 18 años de edad cumplidos no requieren autorización para salir del país (Ley nacional 26.579).

Más información

AUTORIZACIÓN DE ESTUDIANTES PARA QUE TERCEROS EFECTÚEN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS ANTE LAS CASAS DE ESTUDIO

Es un mandato administrativo otorgado por estudiantes del ciclo superior (grado o posgrado) a un tercero para que los represente y pueda efectuar gestiones en su nombre ante instituciones educativas o reparticiones públicas o privadas. El trámite es gratuito y debe ser solicitado por el interesado.

Documentación a presentar:

    • Nota de autorización (*)
    • DNI del estudiante autorizante y del representante autorizado

(*) En la nota debe especificarse el domicilio de la persona que otorga la autorización y el motivo del trámite. Ver Anexo Mandato Administrativo.

 

Se certifican firmas de ANSES en los siguientes formularios:

FORMULARIOS JUBILATORIOS y/o PREVISIONALES DE ANSES y/o AFIP

Es la certificación de las firmas de los formularios otorgados por ANSES y/o AFIP para el cobro del último haber o subsidios de sepelio. Es un trámite gratuito. Debe ser gestionado por quien percibirá la suma de dinero y/o los sucesores, quienes deberán presentar dos testigos mayores de edad que no sean parientes del interesado.

Documentación a presentar:

    • Formularios proporcionados por ANSES o AFIP
    • DNI del interesado, sucesores y testigos (fotocopias de la 1ª y 2ª hoja)
    • Cambio de domicilio y constancia de votación
    • Fotocopias y partidas de nacimiento y defunción en caso de corresponder.

 

 

Se certifican firmas de ANSES en mandatos administrativos que no tengan valor pecuniario, es decir: Poder para validar un título y para la matriculación en otra provincia.

Documentación a presentar:

    • DNI del interesado y del representante. Debe especificarse el objeto del poder.

 

 

Es la certificación de la fidelidad de una copia con su original. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser efectuado por cualquier persona que se presente con la documentación original y sus copias.

Documentación a presentar:

    • Original y copia a certificar (para certificar copias de un documento en idioma extranjero se necesita además el DNI original de quien requiere la certificación).

 

Oficina de Legalizaciones y Certificaciones

Certificaciones

La Certificación de firmas consiste en dar por cierta y perteneciente al firmante que acredita su identidad, la rúbrica (firma) estampada por éste en un instrumento ante un secretario judicial.

En la Oficina de certificaciones se certifican firmas, no su contenido, en los siguientes trámites o documentos:

1) AUTORIZACIÓN DE VIAJE FUERA DEL PAÍS A MENORES DE EDAD

Es la autorización que deben otorgar los padres a un menor de edad para viajar fuera de la República Argentina. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales provinciales.

Gestión del trámite:

a) Si la persona menor de edad viaja sola y/o con terceras personas que no sea alguno de sus progenitores, deben firmar ambos al momento de la presentación de la documentación (excepto cuando hay algún tipo de restricción entre los padres).

b) Si viaja con alguno de sus progenitores, la autorización debe ser firmada por el progenitor autorizante.

Documentación a presentar:

    • DNI de los padres y del niño, niña o adolescente vigente.
    • Partida de Nacimiento Actualizada (Se actualiza en el Registro Civil).
    • Tres códigos 010, los mismos se adquieren en Bolsa de Comercio o Banco de la Nación Argentina y su valor es de $500 cada uno.

Las personas menores de edad, entre 13 y 18 años, deben concurrir a la Oficina de Legalizaciones y Certificaciones para prestar su conformidad expresa (firma).

En caso de que uno de los padres esté radicado en otro país o provincia deberá presentar su autorización legalizada y apostillada, según la normativa del lugar en donde resida. Si, por el contrario, alguno de los dos hubiese fallecido se deberá presentar partida de defunción legalizada.

Los interesados deberán completar el formulario proporcionado por la Oficina de Certificaciones y Legalizaciones al momento de solicitar la autorización. Ver anexos siguientes:

Los jóvenes con 18 años de edad cumplidos no requieren autorización para salir del país (Ley nacional 26.579).

Más información

2) AUTORIZACIÓN DE ESTUDIANTES PARA QUE TERCEROS EFECTÚEN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS ANTE LAS CASAS DE ESTUDIO

Es un mandato administrativo otorgado por estudiantes del ciclo superior (grado o posgrado) a un tercero para que los represente y pueda efectuar gestiones en su nombre ante instituciones educativas o reparticiones públicas o privadas. El trámite es gratuito y debe ser solicitado por el interesado.

Documentación a presentar:

    • Nota de autorización (*)
    • DNI del estudiante autorizante y del representante autorizado

(*) En la nota debe especificarse el domicilio de la persona que otorga la autorización y el motivo del trámite. Ver Anexo Mandato Administrativo.

Se certifican firmas de ANSES en los siguientes formularios:

1) FORMULARIOS JUBILATORIOS y/o PREVISIONALES DE ANSES y/o AFIP

Es la certificación de las firmas de los formularios otorgados por ANSES y/o AFIP para el cobro del último haber o subsidios de sepelio. Es un trámite gratuito. Debe ser gestionado por quien percibirá la suma de dinero y/o los sucesores, quienes deberán presentar dos testigos mayores de edad que no sean parientes del interesado.

Documentación a presentar:

    • Formularios proporcionados por ANSES o AFIP
    • DNI del interesado, sucesores y testigos (fotocopias de la 1ª y 2ª hoja)
    • Cambio de domicilio y constancia de votación
    • Fotocopias y partidas de nacimiento y defunción en caso de corresponder.

Se certifican firmas de ANSES en mandatos administrativos que no tengan valor pecuniario, es decir: Poder para validar un título y para la matriculación en otra provincia.

Documentación a presentar:

    • DNI del interesado y del representante. Debe especificarse el objeto del poder.

Es la certificación de la fidelidad de una copia con su original. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser efectuado por cualquier persona que se presente con la documentación original y sus copias.

Documentación a presentar:

    • Original y copia a certificar (para certificar copias de un documento en idioma extranjero se necesita además el DNI original de quien requiere la certificación).

Legalizaciones

La legalización, es la autenticación, por semejanza, de la firma y sello del funcionario librador de un documento. Cumple la función de validar el instrumento a fin de que éste tenga efectos jurídicos para ser presentado ante autoridades de otras provincias, organismos federales y/o extranjeros. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser realizado por el interesado o un tercero y no se requiere de patrocinio letrado (abogado).

Se legalizan los siguientes documentos:

DOCUMENTOS ORIGINALES CON FIRMAS OLÓGRAFAS Y FIRMADOS DIGITALMENTE

    • Certificados analíticos o de estudio expedidos por el Gobierno provincial.
    • Certificados provisorios universitarios.
    • Constancias y/o actuaciones judiciales.
    • Títulos primarios, secundarios, terciarios y universitarios (sólo si son provisorios).

No deben tener más de seis meses de vigencia

    • Partidas de nacimiento.
    • Actas de defunción.
    • Actas de matrimonio.

Las actuaciones judiciales se pueden legalizar siempre que posean firmas de Funcionarios del Poder Judicial, cuya firma digital se encuentre vigente.

    • Sentencias
    • Declaratoria de Herederos, etc. 

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