La Corte ordenó que indemnicen a un trabajador que fue acosado y despedido por ser homosexual

El hombre cumplía labores en una empresa de limpieza, cuando contrajo matrimonio y comenzó a ser discriminado.

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(FUENTE: DIARIO UNO) Una empresa local deberá afrontar una indemnización por despedir a un trabajador que, según logró probar ante la Justicia, fue perseguido y despedido luego de contraer matrimonio gay.

El demandante –será identificado como J.P.- comenzó a trabajar en la empresa Limpieza del Planeta el 21 de enero de 2010, donde justamente realizaba tareas de higiene en distintos establecimientos. El 29 de octubre de ese año, contrajo matrimonio legal con un hombre.

Según manifestó en el expediente civil, el trabajador comenzó a ser perseguido y discriminado por la patronal. Cambios de tareas y horarios comenzaron a ser constantes en la vida laboral del empleado.

Según declaró, debía trabajar 2 horas en el Hospital Lencinas, 6 horas en Hidráulica y luego volver al nosocomio en horario de tarde. Debido a que el demandante también estudiaba una carrera, no podía cumplir esa carga laboral.

El 9 de noviembre recibió un telegrama que le indicaba una suspensión por siete días debido a razones disciplinarias. J.P. rechazó la suspensión argumentando que faltaba a la verdad y notificado sobre los actos discriminatorios por parte de su encargada. “he sido perseguido constantemente, discriminado y hostigado por mi condición de homosexual y que no permite la prosecución de la relación laboral como consecuencia de la conducta”, manifestó.

Además, solicitó el pago adeudado de los sueldos de tres meses. Un mes después, al no recibir respuesta, se consideró despedido.

Tras iniciar la demanda en busca de la indemnización correspondiente. La empresa contestó asegurando que existían reiteradas quejas de sus compañeros de trabajo porque tenía faltas de respeto. Incluso agregaron que siempre cumplió la misma jornada laboral en el mismo lugar.

Una mujer que era compañera de J.P. prestó su testimonio y confirmó los actos discriminatorios: “Decían que era ‘re puto’, que era agrandado y maricón”. Incluso manifestó que no le otorgaron al hombre la licencia correspondiente por matrimonio, por lo cual no pudo realizar un viaje.

En primera instancia, la Tercera Cámara del Trabajo consideró que “la discriminación por su condición de homosexual y el hostigamiento después de haber contraído matrimonio, así como no haberle otorgado la licencia por matrimonio, constituyen injurias por incumplimiento de los deberes genérico de conducta, de actuar de buena fe y de igual de trato”.

El tribunal colegiado accedió al reclamo del trabajador y ordenó a la empresa a pagar una indemnización de 35 mil pesos, más intereses y costa.

La parte vencida interpuso recursos de inconstitucionalidad y casación, enviando la resolución definitiva a la Suprema Corte de Justicia. La empresa manifestó que sólo se valoraron los dichos de la testigo y no otras circunstancias de la causa.

La Corte entendió que “la queja no es otra cosa que la discrepancia valorativa del recurrente, quien no logra demostrar la arbitrariedad denunciada”, por lo que rechazó los recursos y confirmó la sentencia en todas sus partes.

(FUENTE: DIARIO UNO)

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