Fue rechazado el recurso de apelación de la Cooperativa La Terre



La Primera Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la validez jurídica en que se realizó el proceso de subasta de la ex Industrias Matas. El tribunal no encontró motivos para impugnar la compra de los activos por parte del titular de American Garlic.

Tras un largo camino que incluyó un proceso conciliatorio abierto durante 4 meses, la Primera Cámara de Apelaciones en lo Civil resolvió rechazar finalmente el recurso de apelación presentado por la Cooperativa La Terre, por entender que la subasta en la que Mariano Ruggeri (titular de American Garlic) adquirió los activos de la ex Industrias Matas, se realizó cumpliendo los requerimientos jurídicos procesales dispuestos por la jueza en primera instancia, Gloria Cortez, en junio de 2019.

La apelación y la decisión

La resolución emitida por el tribunal conformado por las juezas Alejandra Orbelli, Marina Isuani y María Teresa Carabajal incluye un compendio de los argumentos interpuestos por los letrados que representaron a La Terre, según los cuales no se habían cumplido los términos del acta de subasta, haciendo énfasis en un supuesto incumplimiento de los tiempos procesales dispuestos para el pago del saldo del precio, en el plazo de 5 días hábiles, una vez aprobada la subasta.

Al respecto y luego de detallar cronológicamente el desarrollo del proceso de subasta, la resolución de la Primera Cámara de Apelaciones en lo civil señala: “claramente advertimos que debía aprobarse la subasta y, luego de la aprobación, emplazar al adquiriente a que deposite el saldo del precio, todo lo cual ocurrió” y el texto añade: “la jueza se encuentra facultada como directora del proceso para establecer el plazo de 20 días para depositar el saldo del precio”.

El proceso

En total, hubo 6 llamados a subasta pública entre junio de 2018 y mayo de 2019. En ellos, La Terre realizó una oferta por $40.000.000 sin abonar alguna suma, ni acompañar depósito en garantía, ni abono de comisión o impuestos, por lo cual fue desestimada por no reunir requisitos procesales. Luego, también hizo una oferta de compra directa que fue rechazada. En esta instancia el tribunal le hizo saber a la cooperativa que podía participar de la subasta, bajo las mismas condiciones que cualquier oferente.

En mayo de 2019 se recibe el sobre con la oferta de Mariano Ruggeri, Presidente de American Garlic. La oferta es aceptada y cumplía con todos los requisitos procesales dispuestos.

Finalmente, en junio de 2019, La Terre se presenta solicitando que la subasta se declare desierta, aduciendo que el adquiriente no había depositado el saldo en los términos fijados, una de las razones que motivaron el recurso de apelación.

Los límites del tribunal

Si bien la resolución toma en cuenta la documentación contable aportada por la cooperativa en cuanto al funcionamiento de las líneas de producción, mantenimiento, seguridad y limpieza, el tribunal explica: “Se advierte que la apelante en su expresión de agravios introduce otros temas que exceden el ámbito del recurso concedido. Este Tribunal sólo analizará los agravios pertinentes a la aprobación de la subasta y el pago del precio ya que la queja entorno a las mejoras hechas por la Cooperativa y su valuación, resulta ajena al recurso en trato”.

Los llamados a conciliar

Desde julio de este año, hasta la última instancia conciliatoria que se concretó el pasado 18 de noviembre -y que fue transmitida en directo por el canal oficial del Poder Judicial- las juezas que decidieron en esta instancia de apelación instaron a las partes a “realizar el máximo esfuerzo para llegar a un acuerdo, ya que resulta fundamental sostener el empleo en el contexto actual”, tal como indicó la jueza Orbelli en el cierre de la penúltima audiencia de conciliación.

Esta fue la postura de las camaristas durante toda la etapa conciliatoria, lo que se ve reflejado en la resolución de rechazo de la apelación de La Terre, que en el pun-to 7 señala: “siempre se ponderó la trascendencia del conflicto, prueba de ello es el proceso de conciliación que se instrumentó a través de audiencias presenciales, dentro del marco legal dispuesto por el estado de emergencia sanitaria vigente. En ellas se priorizó la participación de los cooperativistas a fin de arribar a un acuerdo que contemplara los intereses de las partes involucradas en la causa”.

En síntesis

Lo que hizo la Primera Cámara de Apelaciones es rechazar el recurso de apelación presentado por Cooperativa La Terre al que le había dado lugar, entendiendo que el proceso de subasta es totalmente válido y está ajustado a derecho; y que los activos de la ex Industrias Matas, fueron adquiridos por Mariano Ruggeri dentro del marco jurídico.

Para ver las últimas dos audiencias de conciliación:

•         https://www.youtube.com/watch?v=U3jARW2Vzr4

•         https://www.youtube.com/watch?v=pcGmznWu1Ys

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