Se prorrogó la realización de audiencias remotas hasta el 21 de agosto



Así lo decidió el pleno de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que extendió los plazos de las medidas tendientes a evitar la asistencia de público a las dependencias judiciales en contexto de pandemia.

A través de la acordada N° 29.587, la SCJM decidió prorrogar la realización de forma remota de todas las audiencias presenciales y semipresenciales en todos los fueros y en las cuatro circunscripciones judiciales de la provincia. La medida alcanza a todas las audiencias fijadas entre el 10 y el 21 de agosto inclusive.

En cuanto a aquellas audiencias que no puedan realizarse en forma remota, se determina su reprogramación dentro de los siguientes 30 días a la fecha fijada, a excepción de los casos de cámara gessell en el fuero penal, que podrán realizarse en forma presencial o semipresencial.

Para la SCJM las condiciones de la emergencia sanitaria (pandemia por COVID-19) que se tuvieron en cuenta al momento de la acordada 29.569 “no sólo no han cambiado, sino que se vieron agravadas; lo que impone la prórroga de la medida, a fin de preservar la salud de quienes cumplen funciones en este poder del Estado y de aquellos que concurren a diario a los tribunales, asegurando a su vez el acceso a la justicia”.

En cuanto a la asistencia del personal en sus lugares de trabajo, se mantiene la conformación y de equipos de trabajo para que cumplan funciones 14 días en forma presencial y 14 días en forma remota en aquellas dependencias y tribunales en los que esto sea posible.

La asistencia del público en general continúa restringida en todos los edificios judiciales, excepto penal y de familia. Para este último caso, se recuerda que los casos de violencia intrafamiliar pueden ser denunciados en forma remota en   https://www.jus.mendoza.gov.ar/web/direccion-de-derechos-humanos/formulario, donde ciudadanos y ciudadanas podrán acceder al formulario de denuncia y a una guía completa de contactos telefónicos para estos casos en las cuatro circunscripciones judiciales.

Acordada N° 29.587

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