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Nuevas medidas en el funcionamiento de la justicia

Los días 26, 27 y 28 de mayo quedan suspendidos los plazos procesales. El MPF continuará su trabajo como lo venía realizando hasta ahora. La Defensa Pública adhiere a lo dispuesto por la Corte y estableció el trabajo remoto.

Suspensión de actividades presenciales, y de plazo procesales los días 26, 27 y 28 de mayo son las principales medidas que estableció la Suprema Corte de Justicia de Mendoza. Cabe aclarar que los trabajadores judiciales continuarán realizando sus tareas de manera remota.

A través de la acordada N° 30.070, se dispuso también que mientras dure la suspensión decretada, el Tribunal seguirá funcionando con trabajo remoto, que-dando por ende habilitada la lista diaria para la publicación de los actos pertinentes, la MEED, IURIX IOL (GEJUAF Lujan de Cuyo) y sistema de notificaciones, así como la realización de toda actividad procesal que admita el modo no presencial para ser concretada, en especial la realización de las audiencias ya programadas.

El Ministerio Público Fiscal continuará con la forma de trabajo que ya venía desarrollando y que estableció el pasado 12 de abril. En ese momento resolvió disponer la rotación quincenal de sus trabajadores.

En la resolución N° 171, el procurador General, Alejandro Gulle, estableció que “El MPF es el único órgano de persecución penal responsable de la investigación y esclarecimiento de los delitos que acontecen en toda la provincia, cuyo servicio resulta vital para garantizar la armonía social a través de la prevención y persecución del delito”.

Por su lado el Ministerio de la Defensa Pública adhirió a todo lo establecido por la Suprema Corte, dispuso que todo su personal realice sus tareas de manera remota los días 26, 27 y 28 de mayo inclusive, con excepción de aquellos magistrados y funcionarios que por su función fuera indispensable su presencia.

Más medidas

Los asuntos de Violencia Familiar y Protección de Derechos en el Fuero de Familia, serán atendidos telefónicamente.

En el Fuero Penal, deberán realizarse todas las audiencias fijadas a las personas acusadas que estén privadas de su libertad. Cuando se requiera la declaración de personas que no pueda recibirse en forma remota, se realizarán excepcionalmente en forma semipresencial, así como también aquellas audiencias con personas con detención domiciliaria que no puedan conectarse desde su domicilio. Deberán también realizarse las audiencias con personas en libertad, que por sus características puedan ser celebradas en forma completamente remota.

Las Direcciones de Registros Públicos de las cuatro Circunscripciones, seguirán prestando funciones con guardia mínima de personal presencial, por lo que no se suspenderán los plazos, excepto en lo que respecta a los certificados con reserva de prioridad cuando su vigencia se encuentre corriendo entre el 22 y el 30 de mayo inclusive, en cuyo caso se adicionará al plazo que este corriendo, igual cantidad de días que los que fueren afectados por la medida sanitaria en el plazo referido.

Resoluciones

Suprema Corte de Justicia: N° 30.070

Ministerio Público Fiscal: N° 171/2021

Ministerio de la Defensa Pública: N° 106/2021