Habrá dos nuevos “puntos de encuentros” en Capital
La Suprema Corte de Justicia firmó un convenio con la Municipalidad de Capital que estipula la apertura de 2 puntos de encuentro familiares en Ciudad, para garantizar el derecho de niños, niñas y adolescentes de vincularse con sus padres, más allá de las situaciones judicializadas o medidas de protección que existan, priorizando el interés superior de los menores y cumpliendo, al mismo tiempo, con lo previsto en la Ley 8647 que crea y regula estos ámbitos.
“Esto es producto de trabajar con políticas públicas inteligentes que nos permiten poder cumplir con la Ley, cuando todavía no conseguimos los fon-dos. El trabajo coordinado de políticas entre instituciones del Estado es lo que nos ha permitido superar ese obstáculo”, señaló el Presidente de la Suprema Corte, Dalmiro Garay, quien además adelantó que se trabaja en un convenio similar con la Municipalidad de Guaymallén.
El Gimnasio Municipal N°1, en Paso de Los Andes y Sobremonte; y el Centro Integrador Comunitario N°1, en 9 de Julio y Houssay de la Cuarta Sección, son los lugares dispuestos por el municipio para que funcionen como Puntos de Encuentro Familiares.
Al respecto, el Secretario de Gobierno de Ciudad, Rodrigo Olmedo, señaló: “Están acondicionados en un entorno familiar y cuentan con espacios lúdicos. Los hemos ofrecido luego de acercar la idea a nuestros profesionales de familia”.
El punto de encuentro del Gimnasio Municipal funcionará los lunes y miércoles de 10.30 a 12.30; mientras que el del Centro Integrador Comunitario funcionará martes de 10 a 12 y de 14 a 16 y los jueves, de 9 a 11 y de 14 a 16.
Por su parte, Ulpiano Suárez se refirió a la respuesta a una demanda que se da tanto en el ámbito de la justicia, como en el municipio. “Son situaciones que requieren de la presencia del Estado. Estamos demostrando que innovando y trabajando en equipo es posible lograr resultados. Nuestro compromiso es garantizar que se cumpla la ley”, dijo.
¿Qué son los puntos de encuentro?
La Ley N° 8.647 sancionada por la Legislatura crea y regula los Puntos de Encuentro Familiares. En su artículo 2, la norma los describe: “serán un espacio cuya finalidad principal es garantizar, promover y efectivizar el derecho a la comunicación y vinculación que tiene todo niño, niña y adolescente, en función de las indicaciones que, en su caso, establezca la autoridad judicial o administrativa competente. Su objetivo principal es producir, facilitar y acompañar el encuentro y la vinculación de niños, niñas y adolescentes con sus padres, familiares y demás personas relacionadas, sea mediante derivación de autoridad judicial o administrativa competente”.
Desde la Dirección de Derechos Humanos de la Corte, trabajaron para cumplir con esa ley, articulando políticas con la comuna, que ofreció los dos sitios mencionados. El seguimiento de los encuentros y los procesos de vinculación entre niños y niñas y sus progenitores serán monitoreados por profesionales especializados en familia del Poder Judicial.
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