Expertos abordaron las reformas y los desafíos en la Jornada sobre Código Procesal Penal Federal
Especialistas brindaron exposiciones y talleres prácticos a magistrados, profesionales y estudiantes de Derecho.
El reconocido abogado penalista Gianni Andrés Venier considera que el Ministerio Público Fiscal debe incorporar una Unidad Fiscal de Falsas Denuncias ya que “hay un creciente reclamo social. Se escucha por las redes, se escucha por la gente. Se han empezado a crear organizaciones relacionadas con la falsa denuncia, no solamente en el ámbito de Familia donde se denuncian los delitos o acciones donde hay violencia de género o similar. Hay un dato concreto. En el año 2019 el número de personas en prisión por delitos con agravantes de violencia de género llegaba a 129 y la cifra que informó este año el Ministerio (de Seguridad y Justicia) estaba arriba de 1.000 y creo que los relacionados con preventivas llegaban a 3.000 personas. Estamos hablando de un crecimiento de 7 veces la cantidad de hechos. Eso llama la atención como dato estadístico ya que no ha crecido 7 veces la población de Mendoza ni la cantidad de los otros delitos.”
Venier también sumó otra referencia para darle más fuerza a su pedido. En este sentido, indicó que “la Defensoría Pública de la Provincia afirma que la mayor cantidad de casos en los que debe intervenir son los de violencia de género. Si esto ocurre así, y ha afectado el sistema de seguridad como al sistema judicial provincial. Si la mayoría (de los delitos) es esto, es que estaría compitiendo o superando a los delitos patrimoniales que son enormes. Recordemos que Argentina es el país con mayor cantidad de delitos patrimoniales del mundo. La cantidad de robos y hurtos que se producen en este país no se producen en ninguna parte del mundo. Si decimos que las denuncias por violencia son mayores o compiten con estos números, estaríamos hablando de trastornos o movimientos en el ámbito de la seguridad y la justicia de modo tal que debería tenerse en cuenta porque el gran insumo del Poder Judicial, la Procuración y la Policía es el tiempo, aún más que el dinero. Como estos delitos tienen una primacía de persecución, de investigación y de avocamiento debe llevarse todos los recursos de la seguridad, entre ellos el tiempo, pero no puede advertirse. También está el tiempo del ser humano, el de aquellos que están del otro lado de la denuncia”.
Además, el ex titular de la cartera de Seguridad de Mendoza repasó la historia del tipo delictivo de la falsa denuncia. “Ha habido diversas reformas sobre el delito de la falsa denuncia a lo largo del siglo XX y se llegó a una formulación muy suave fijando una multa baja para aquel que denunciare falsamente ante una autoridad. Hubo un zanjamiento de la cuestión en 1953 con el fallo Bulog donde se dijo que si esa denuncia hablaba sobre hechos de acción pública referidos a una persona específica que los hiciere, se enteraba en la calumnia y que ésta debía primar porque tiene la pena más grande. Fue en una época distinta, sin internet, donde ni los medios tomaban estos casos, ni había tantos juzgados de familia ni tantos divorcios.”
Sin embargo, Venier sostuvo que en ese entonces “había un concepto muy claro que se empezó a difuminar desde el 2015 y es el que establecía que determinados delitos debían sobrevalorar su idea de ocurrencia en pos de dar una defensa lo que creó un estándar muy peligroso, el de realizar actividades judiciales sin que hayan pruebas suficientes. Si una persona está enojada, con esa denuncia inicial puede conseguir el máximo de la coerción judicial que es una detención, una exclusión de hogar, una prohibición de acercamiento al hogar. Recordemos que en la violencia de género, las decisiones coercitivas pasan por encima del derecho civil por lo que una persona puede perder su propiedad en forma total. Yo diría que el resultado que se dio en 1953 es muy lábil, es un delito de querella. El inculpado, que tal vez esté en la cárcel sin recursos ni dinero, tiene que contratar un abogado para que inicie algo que vaya a saberse cuándo lo resuelve, mientras tanto él perdió todo. No me parece que hoy sea lo que resuelve el problema real.”
En este punto, Venier es contundente en su posición al aseverar que “si ante una misma denuncia se van a obtener resultados con o sin pruebas, entonces es una invitación o un fomento a hacerlo sin pruebas. Porque para qué voy a conseguir pruebas si puedo no hacerlo y conseguir lo mismo. Es algo económico y normal. Los abogados están obligados a decirles a sus clientes: acá va a ocurrir lo mismo, presentemos o no las pruebas. Porque los protocolos de actuación y de observación que deben regirse y aparte porque si no se falla de este modo puede haber problemas sociales, marchas, etc. contra la gente de la justicia. Es natural que la persona que va a denunciar sepa que tiene todo a su favor para que su palabra sirva como tal y se dejen las pruebas de costado.”
El ex funcionario afirmó que este cuadro de situación es un problema para los imputados pero también para la Administración de Justicia. Sostiene que “la falsa denuncia está relacionada a la Administración de Justicia porque es un delito que compete a la Administración de Justicia que quedó de lado en esa calificación de 1953 donde la interpretaron solamente como una calumnia. Si bien hay reformas para ampliar el término preciso, como el de la legisladora Lozada, para ampliar la punibilidad del delito, pero si apoyamos la jurisprudencia de que realmente está afectando a la justicia, pasa a ser algo considerable. También hay mucha denuncia en organismos paralelos que antes no existían. Allí se dicen cosas que operan como denuncia o pueden interpretarse como denuncias, que de hecho administrativamente se les llama denuncias, y ahí se habla de delito. Y cuando llegan a la justicia, sumarlos con los falsos testimonios. La justicia debería ver un problema que está ocurriendo y que requiere solución.”
Por último, Venier se refirió a las consecuencias de la falsa denuncia sobre los individuos que “sufren las peores consecuencias de un proceso penal en forma inicial de manera irrevocable. Donde la querella contra la calumnia no va a resolver nada. Donde pierde tiempo la justicia y cae la credibilidad de la justicia. Donde la verdadera víctima de un delito queda tapada por el creciente descontento y la creciente desconfianza que va creando el sistema. Ud. ve lo que se dice por las redes, que cada vez se cree menos en este sistema porque si todos pueden denunciar se cuela por ahí la persona que utiliza este gran medio de poder que es que la justicia obre ante una mera palabra dicha ante ella y eso no está bien. Se cae lo principal que tuvo el derecho penal, que es que tiene que haber pruebas para las medidas de coerción, pruebas para realizar un proceso. La ultima “ratio” era que el derecho penal debe llegar al final, hoy en determinados delitos llega al inicio con una mera palabra y eso parece haberse olvidado en las cátedras de derecho penal. Cuando se trata de determinados delitos desaparecen todas las clasificaciones por las cuales el derecho penal y la dogmática existen.”
Especialistas brindaron exposiciones y talleres prácticos a magistrados, profesionales y estudiantes de Derecho.
Es el primer magistrado argentino que dispuso publicar las resoluciones y las actividades de su juzgado a través de la red social X en mayo de 2016
Fue en el marco del XIX Encuentro Nacional de Profesores de Derecho Procesal Penal que se realizó en Mendoza.
Los jóvenes también presenciaron los alegatos de apertura de un Juicio por Jurados.
Disertaron reconocidos juristas y profesionales del Derecho.