El aspirante, cuando sea notificado, deberá presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos en el art. 1° y no estar contemplado dentro de los impedimentos del art. 2° del Anexo – Acordada N° 31005.
La documentación obligatoria a presentar es:
La no presentación de la documentación requerida en el plazo que determine la Dirección de Recursos Humanos, será considerada como desistimiento por parte del aspirante.