Aviso · Concurso 2023 · Publicación listados definitivos de Aspirantes

Consideraciones a tener en cuenta sobre los listados definitivos de aspirantes
  • La lista definitiva de aspirantes se formará con aquellos aspirantes que aprueben las evaluaciones de conocimientos, en orden decreciente de acuerdo con el puntaje global final obtenido, y hubieran sido calificados en la etapa Psicofísica como “Apto”.(Artículo 6 de la Acordada 31005)
  • Se completará de manera evolutiva hasta cubrir el cupo de cada circunscripción. (Art. 6°, tercer párrafo – Acordada 31005)
Leer Acordada 31005, Artículo 6

Art. 6°: Lista definitiva de aspirantes. Publicación.

Concluido el proceso de selección con la realización del examen Psicolaboral, la Comisión de Concurso publicará dentro de los cinco (5) días de concluido y superado este examen, el Orden de Mérito definitivo en el micrositio de la página web del Poder Judicial.

La lista de aspirantes definitiva se formará con aquellos aspirantes que aprueben las evaluaciones de conocimiento, en orden decreciente de acuerdo con el puntaje global final obtenido, y hubieran sido calificados en la etapa del Psicofísica como ‘Apto’.

Podrá ir completándose de manera evolutiva hasta cubrir el cupo de cada circunscripción, habiendo cumplido los requisitos detallados en el párrafo anterior.

La lista de aspirantes definitiva tendrá una vigencia de un (1) año a partir de la publicación del primer ingresante apto, la que podrá ser prorrogada por igual término por la Sala Administrativa.

No obstante quedará a criterio del Área Psicolaboral la conveniencia o no de actualizar la Evaluación Psicofísica pasado el año de la determinación de la aptitud.

En ningún caso podrá incorporarse personal que no haya cumplido con los requisitos de la inscripción y aprobación de los pertinentes exámenes.

  • El “Puntaje Total” se obtiene aplicando las ponderaciones de cada una de las evaluaciones de conocimientos, fijadas en el Art. 4°, inciso F, puntos 2 y 3 de la Acordada 31005 (1° Examen 55 % del puntaje total y 2° examen 45% del puntaje total).
Leer Acordada 31005, Artículo 4, inciso f, apartado 2 y 3

f. Exámenes: 

(…)

La primera, que será de simulación, de carácter optativo y su resultado no será vinculante.

La segunda y tercera, serán los exámenes de conocimientos, de instancia obligatoria y reprobar alguno de ellos dejará al aspirante automáticamente eliminado del proceso.

(…)

 

2. Primer Examen de conocimiento

En fecha que establezca la Sala Administrativa, se rendirá un examen virtual (on-line), secuencial, aleatorio e individual que comprenderá la siguiente temática:

    • Módulo I: Introducción a la organización institucional del Poder Judicial,
    • Módulo II: Conocimientos jurídicos.

Este examen representa el 55% del puntaje total.

Tiempo de duración de la evaluación: 80 minutos.

Cantidad de preguntas: 80 preguntas.

Valor total de cada pregunta correcta: 1,25.

Penalización por respuesta incorrecta: 25% del valor total de la pregunta correcta (-0,3125)

Penalización por respuesta no contestada: 0 puntos.

Puntaje máximo de aprobación: 100 puntos.

Puntaje mínimo de aprobación: mayor o igual a 75 puntos.

 

3. Segundo Examen de conocimiento.

En fecha que establezca la Sala Administrativa, se rendirá un examen virtual (on-line), aleatorio e individual que comprenderá la siguiente temática:

    • Módulo II: Conocimientos jurídicos.
    • Módulo III: Sistemas y herramientas informáticas.
    • Módulo IV: Otras competencias y habilidades requeridas.

Este examen representa el 45% del puntaje total.

Tiempo de duración de la evaluación: 64 minutos.

Cantidad de preguntas: 64 preguntas.

Valor total de cada pregunta correcta: 1,5625

Penalización por respuesta incorrecta: 25% del valor total de la pregunta (-0,390625)

Penalización por respuesta no contestada: 0 puntos

Puntaje máximo de aprobación: 100 puntos.

Puntaje mínimo de aprobación: mayor o igual 75 puntos

  • En caso de que más de un aspirante haya obtenido el mismo puntaje total, el orden se determina en función del menor tiempo que surja de la sumatoria del tiempo total empleado para la realización de ambos exámenes de conocimientos (Art. 4°, inciso g, último párrafo de la Acordada 31005) .
Leer Acordada 31005, Artículo 4, inciso g, último párrafo

g. Lista provisoria. Publicación

(…)

En caso de que más de un aspirante obtuviese el mismo puntaje, el orden se determinará en función del menor tiempo que surja de la sumatoria del tiempo total empleado para la realización de ambos exámenes de conocimiento.