Desde el lunes 24 y hasta el viernes 28 de noviembre inclusive, estará abierta la inscripción a través de la página oficial del órgano de Justicia. Quienes aprueben todas las instancias del llamado a Concurso Público deberán desempeñar su rol en Oficinas Fiscales de la provincia a medida que así se requiera.
El Ministerio Público Fiscal (MPF) de Mendoza lleva adelante un nuevo llamado a Concurso Público de Antecedentes y Oposición, esta vez para cubrir cargos vacantes de Ayudante Fiscal en las Cuatro Circunscripciones Judiciales de la provincia.
La convocatoria está destinada en forma exclusiva para profesionales de la carrera de Abogacía que cuenten con un año en el ejercicio de la profesión y que pueda ser acreditable. Será este lunes 24 de noviembre el día en el cual se dará por iniciado el período de inscripciones; instancia que se extenderá durante toda la semana, hasta el viernes 28 inclusive. La documentación requerida para la admisión antes de comenzar con las etapas evaluativas deberá ser ingresada de manera exclusiva a través de la página web oficial del Ministerio Público Fiscal, en la sección Concursos https://concurso.mpfmza.gob.ar.
Es importante destacar que todas las notificaciones, actualizaciones, fechas asignadas y resultados vinculados a las distintas etapas del concurso serán publicadas en ese sitio, pero además serán informadas vía correo electrónico a la dirección de correo personal que cada aspirante haya suministrado al momento de la inscripción.
Según quedó establecido en la Resolución N° 685/25 emitida por la Procuración General, en la actualidad, el órgano judicial a cargo de las investigaciones penales en Mendoza, registra cargos vacantes de categoría Funcionarios y Personal Jerárquico – inspector de Justicia (clase 03), con Funciones de Ayudante Fiscal en la totalidad de las circunscripciones judiciales del territorio. Se trata de un rol estratégico para la correcta administración del servicio de Justicia, por lo que la convocatoria está destinada a conformar una lista de aspirantes para cubrir vacantes que de manera exclusiva se desempeñarán en Oficinas Fiscales.
Quienes logren cumplimentar con lo requerido en la inscripción, deberán rendir dos etapas evaluativas de carácter eliminatorio (con un examen escrito y uno oral). En el caso de aprobar esta instancia, los/as postulantes pasarán a la evaluación de salud física y psicolaboral (con carácter valorativo no vinculante).
Los/as postulantes que deseen desempeñar el cargo de Ayudante Fiscal, también tendrán que contar con amplia disponibilidad horaria para cumplir funciones bajo el régimen del Código Procesal Penal, incluyendo jornadas de ocho horas diarias en días hábiles e inhábiles, en turnos rotativos (matutino, verpertino y nocturno), en cualquier Oficina Fiscal de la Circunscripción Judicial en la que fue designado/a, según las necesidades del servicio. Contar con predisposición para trabajar en equipo, realizar tareas bajo presión y atender al público, figuran entre las competencias requeridas.
En función del cronograma previsto por las autoridades del MPF, la evaluación escrita se realizará en el Salón de Actos “Dr. Gonzalo Nazar”, durante la semana del 9 al 12 de diciembre, en las 8:30 y las 21 horas. En tanto que el examen oral se llevará a cabo entre el 15 y el 19 de diciembre, de 8:30 a 20:30 horas, en el mismo salón, ubicado en el cuarto piso del edificio sito en calle Plantamura y San Felipe de Ciudad.
Documentación requerida para inscribirse:
. Copia digitalizada del Documento Nacional de Identidad (anverso y reverso).
. Constancia de CUIL emitida por ANSES.
. Copia digitalizada del título universitario de Abogado/a, debidamente legalizado.
. Constancia que acredite antigüedad en el ejercicio profesional:
Para profesionales, constancia expedida por la Oficina de Profesionales de la Suprema Corte de Justicia.
Para empleados judiciales, certificación de servicios expedida por la Dirección de Capital Humano de cualquiera de las Unidades Organizativas del Poder Judicial.
. Certificado de antecedentes disciplinarios:
En el caso de profesionales, conforme a la Ley N°4976 de Ejercicio de la Abogacía.
En el caso de empleados/as judiciales, conforme a la Ley N°9103.

















