La conciliación laboral es un proceso a través del cual las partes, con la intervención de un tercero que les ayuda a comunicarse, procuran solucionar sus conflictos laborales
Las conciliaciones laborales judiciales se realizan por profesionales del Cuerpo de Mediadores en las Cámara Laborales desde el año 2009. Allí mediadoras capacitadas en métodos alternativos de resolución de conflictos actúan como conciliadoras en causas de la justicia laboral.
Existe un proceso de mediación pre- judicial que es realizado en la Subsecretaría de Trabajo, cuando éste fracasa, se habilita el proceso judicial y allí es donde interviene la mediación laboral judicial en el ámbito de las Cámaras Laborales.
En la conciliación un tercero (el profesional del Cuerpo de Mediadores) puede proponer una salida o solución a un conflicto, que contemple los intereses de ambas partes. El conciliador puede sugerir soluciones, asesorar, informar el estado de la causa y analizar con el expediente, a fin de que las partes conozcan su situación frente al proceso judicial.
• Despidos
• Diferencias salariales
• Causas derivadas de accidentes
• Causas derivadas de enfermedades laborales.
Las audiencias son fijadas y notificadas por el Tribunal Laboral, siendo los mediadores quienes asisten a los lugares de funcionamiento de los mismos. Esto permite mantener una comunicación directa con los jueces y funcionarios, dentro del marco de la confidencialidad y no afectar a los profesionales y las partes con un traslado a otro lugar.
Las audiencias son fijadas y notificadas por el Tribunal Laboral, siendo los mediadores quienes asisten a los lugares de funcionamiento de los mismos. Esto permite mantener una comunicación directa con los jueces y funcionarios, dentro del marco de la confidencialidad y no afectar a los profesionales y las partes con un traslado a otro lugar.