Juicio por Jurado N° 40

Caso Pinavaría Corbalán

Abril 2023

Caso N° P-71962/22

"JXJ - QUER. PART. y F c/ PINAVARIA CORBALAN, FRANCISCO BENJAMIN p/ FEMICIDIO, HOMICIDIO CRIMINIS CAUSA Y ROBO..."

Ficha técnica

Tribunal Penal Colegiado N° 1 · 1° Circunscripción Judicial

Dr. David Mangiafico

Unidad Fiscal de Homicidios y Violencia Institucional

Dr. Fernando Guzzo – Fiscal en Jefe 

Dr. Carlos Torres Montiel – Fiscal de Instrucción

María Pía Persia

Dr. Lucas Lecour – Mat. 6582

Francisco Benjamín Pinavaría Corbalán

Dr. Francisco Castro – Mat. 9524

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Desarrollo del Debate

El día 28 de noviembre de 2022, siendo las 8.30 horas, se dio comienzo a la Audiencia de Selección de Jurados, a la que concurrieron 32 mujeres y 33 varones quedando seleccionado el jurado de 12 titulares y 4 suplentes que participó del debate. Una vez leídas las Instrucciones Iniciales por parte del Juez Técnico al Jurado se da comienzo con los alegatos de Apertura.

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Alegatos de apertura:
Teoría del Caso de las Partes

El día 26 de julio del 2022, en horario matutino, se realizó la audiencia de selección de jurados (también denominada “voir dire”). Una vez seleccionados los 16 integrantes, el Juez dio lectura a las instrucciones iniciales y las partes dieron sus alegatos de apertura.

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Alegatos de Clausura

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Instrucciones finales

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Veredicto

El día 1 de diciembre de 2022 siendo las 17 horas, el Jurado llegó al siguiente veredicto: Hecho 1: El Jurado encontró a la Sra. Karen Leylen Oviedo Esquivel culpable del delito de Homicidio Simple en perjuicio de Elías Ángel Aquino. Hecho 2: El Jurado encontró culpable de Homicidio agravado por el vínculo en concurso ideal con Homicidio agravado por haber sido cometido mediante un procedimiento insidioso en perjuicio de Rolando Aquino. En consecuencia, el Dr. Lusverti, juez técnico, dictó Sentencia e impuso la pena de Prisión Perpetua a la acusada Oviedo Esquivel por los delitos de Homicidio Simple en la causa P-18791/22 y Homicidio agravado por el vínculo en concurso ideal con Homicidio agravado por haber sido cometido mediante un procedimiento insidioso en los Autos P-14390/22.

A tener en cuenta

El lunes 24 de abril de 2023 comenzó el debate por la muerte de María Pía Persia, quien fue encontrada en su domicilio, estragulada, el día 15 de julio de 2022. Por el hecho, fue acusado de femicidio, Francisco Benjamín Pinavaría Corbalan.

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Desarrollo del Debate

El día 24 de abril del 2023, luego de que el Juez Técnico, Dr. David Mangiafico diera las instrucciones iniciales, siendo las 11.30 horas, comenzaron los alegatos iniciales en los cuales las partes expusieron su teoría del caso.

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Alegatos de apertura:
Teoría del Caso de las Partes

En primer término, en representación del Ministerio Público el Dr. Fernando Guzzo comenzó destacando que María era una artista reconocida y creativa. Llega a la provincia de Mendoza con la ilusión de construir su hogar y un lugar para turistas. Sin embargo, su vida cambia drásticamente cuando, en un día frío y lluvioso, es sorprendida por uno de sus albañiles, Benjamín Pinavaría, quien resulta ser su asesino. Pinavaría había planeado robar el dinero y el teléfono celular de María, sabiendo que los viernes se pagaba a los trabajadores. La fiscalía busca demostrar con pruebas irrefutables que Pinavaría es el culpable, incluyendo el rastro del teléfono y los gastos inusuales que realiza. A pesar de los intentos de la defensa de negar los hechos e incriminar a otros, se espera que el veredicto de culpabilidad sea unánime y se reconozca este crimen como un homicidio, un femicidio en particular y un robo, con el cual Pinavaría terminó con la vida de María Pía.

Siguiendo con la intervención del Ministerio Público, el Dr. Carlos Torres anticipa que podrá respaldar todas las afirmaciones con pruebas presentadas por testigos. Podremos escuchar a la familia de María Pía y a los funcionarios policiales que estuvieron presentes en la escena del crimen. Resaltando la importancia de recolectar evidencia, menciona diferentes expertos, como el técnico investigador de delitos tecnológicos y el director del laboratorio de huellas genéticas, quienes aportarán pruebas científicas. También manifiesta que se investigaron todas las hipótesis y se estableció la culpabilidad del imputado. Haciendo énfasis en la importancia de considerar la evidencia presentada, concluye afirmando que Benjamín Pinavaría es culpable del femicidio de María Pía.

Posteriormente, el doctor Lucas Lecour, que, junto al doctor Diego Lavado, querellantes, representantes de la familia de María Pía Persia, la víctima en este hecho. Manifiesta que además de representar a la familia, representan a todas las familias que han perdido a un ser querido por la inseguridad. Explica que, aunque la defensa intentará mostrar al acusado, Benjamín Pinavaría, como un perejil, ellos probarán que es el único y verdadero responsable del crimen. Expresa que Pinavaría sabía que María Pía tenía efectivo en su casa para pagar a sus obreros los viernes, y se presentó a trabajar un viernes lluvioso en un horario diferente para llevar a cabo su delito. También menciona la existencia de imágenes de una cámara de seguridad que demuestran la llegada, salida y huida de Pinavaría del domicilio de María Pía.

Finalmente, el doctor Francisco Castro, defensor de Pinavaría argumenta que hubo errores en la investigación y acusa a la política de influir en el proceso. Se refiere a la rapidez con la que se acusó a un sospechoso y critica la discriminación de la justicia hacia las personas de clase baja. Menciona también el caso de un jardinero acusado erróneamente en el pasado y se comparan situaciones similares, sostiene que el acusado no tuvo motivos ni oportunidad para cometer el crimen y cuestiona la veracidad de las pruebas presentadas. También menciona las contradicciones en los testimonios y la falta de pruebas concluyentes. Se plantea la teoría de que otros individuos, albañiles y una persona desconocida, podrían estar involucrados en el crimen. Pide una evaluación crítica de los hechos y afirma que la justicia debe ser justa, no solo rápida.

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Alegatos de Clausura

Comienza haciendo uso de la palabra el Doctor. Fernando Guzzo en representación del Ministerio Público Fiscal quien destaca la transparencia y el sustento de la investigación. Menciona que la defensa pretende culpar a otra persona por el crimen, pero la evidencia presentada, como las cámaras de seguridad, el ADN y las escuchas, contradice esta afirmación. Se refiere a la teoría del caso de la defensa como una hipótesis no respaldada por pruebas. Critica la conexión que la defensa intenta establecer entre la humildad y la delincuencia, argumentando que esto es injusto. También, resalta la contundencia de las investigaciones del Ministerio Público y menciona casos anteriores en los que se obtuvieron condenas. Señala que el acusado no ha declarado y que la defensa no ha presentado pruebas que contradigan la versión presentada por la fiscalía. Concluye afirmando que han demostrado la culpabilidad del acusado y que se debe hacer justicia en honor a la víctima.

Continuando con los Alegatos del Ministerio Público toma la palabra el Doctor Carlos Torres manifiesta que no se busca condenar a personas inocentes, sino a los culpables. Destaca que la víctima era una persona excepcional y se describen sus proyectos y sueños que no pudo realizar debido a su trágica muerte. Presentaron pruebas que demuestran la relación entre la víctima y el acusado, así como la presencia del acusado en la escena del crimen. Se probó la existencia de dinero en efectivo que la víctima tenía para pagar a sus obreros y que fue robado por el acusado. También se presenta evidencia científica que vincula al acusado con el crimen.

A su turno, la Querella, representada en esta oportunidad por el Doctor Diego Lavado comienza mencionando que representan a la familia de la víctima y que su objetivo es buscar justicia. Resalta que no necesitan un chivo expiatorio, sino que buscan condenar al verdadero responsable. Se refieren a María Pía, la víctima, como una persona alegre y solidaria. Habla sobre sus sueños y proyectos en Mendoza. Menciona que la justicia no solo afecta a los más vulnerables y que el sistema ha mejorado en los últimos años. Explica que durante el debate se presentaron pruebas como videos de cámaras de seguridad que muestran los movimientos del acusado. Señala que Benjamín Pinavaria ingresó a la casa con la intención de robar y matar para garantizar su impunidad. Menciona la presencia de dinero en la casa y cómo sustrajo efectivo y un teléfono celular. Describe el recorrido del teléfono y la Sube del acusado, que coincidieron hasta llegar a la casa de la madre del acusado.

A su turno la Defensa, representada por el Doctor Francisco Castro, menciona que todas las líneas de investigación se centraron en su cliente, Benjamín, quien solo fue acusado de hurto. Cuestiona si el Ministerio Público consideró otras líneas de investigación. Luego habla sobre la política criminal y menciona que la fiscalía actuó para aplacar la indignación pública. Menciona otros casos en los que considera que se cometieron errores y sostiene que las cárceles están llenas de personas inocentes. Luego pasa a discutir las pruebas presentadas en el juicio. Afirma que la fiscalía no pudo probar el robo ni los gastos excesivos. Cuestiona el análisis del ADN y menciona que se podrían haber contaminado las pruebas. También manifiesta que no se realizaron análisis de ADN en la ropa de su cliente. Concluye que todas las hipótesis han sido consideradas y argumenta que no hay pruebas concluyentes en contra de su cliente.

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Veredicto

Luego de deliberar cuatro horas y media el Jurado llegó a un veredicto final, el cual a pedido del Señor Juez es leído por el Presidente del mismo, quien manifiesta: 

Nosotros el Jurado encontramos al acusado Pinavaría Corbalán culpable como autor del delito homicidio doloso agravado por crímenes causa en relación a robo simple así lo declaramos de manera unánime el 28 del mes de abril del año 2023 en la ciudad de Mendoza Muchas gracias”.

Instrucciones Iniciales

Instrucciones Finales

martillo negativo

Sentencia

Instrucciones Iniciales

Instrucciones Finales

martillo negativo

Sentencia