Juicio por Jurado N° 48

Caso Roggerone

Octubre 2024

Caso N° P-63531/22

"FISCAL c/ROGGERONE RAMIREZ OMAR MAXIMILIANO p/HOMICIDIO CALIFICADO POR ENSAÑAMIENTO"

Ficha técnica

Tribunal Penal Colegiado N° 2 · 1° Circunscripción Judicial

Dr. Horacio Cadile

Unidad Fiscal de Homicidios y Violencia Institucional

Dra. Carlos Torres

Gastón Piroli

ROGGERONE RAMIREZ, Omar Maximiliano

Defensor particular

Dr. Gonzalo Castro

A tener en cuenta

En junio de año 2022 Gastón David Piroli fue encontrado sin vida en un auto en el departamento de Las Heras, luego de haber sido víctima de diversos ataques. Por el hecho fue acusado y juzgado por un jurado popular Omar Maximinliano Roggerone.

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Desarrollo del Debate

Durante los días 22, 23, 24 y 25 de octubre se desarrolló el Juicio por Jurados por la muerte de Gastón David Piroli.  En el mismo, el acusado Omar Maximiliano Roggerone fue declarado culpable pero bajo la calificación de Homicidio Simple.

 

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Alegatos de apertura: Teoría del Caso de las Partes

En un primer momento el representante del Ministerio Público Fiscal manifiesta que en junio de 2021 los hermanos Álvarez fueron brutalmente asesinados por los acusados en esta causa, Vicente Fabián D´Agostino y su hijo Axel DÁgostino. Los hermanos habían sido contratados como albañiles por los D,Agostino. Surgieron desacuerdos económicos ya que estos últimos no cumplían con el pago acordado. Tras amenazas y tensiones, los acusados convocaron a los hermanos bajo la falsa promesa de pagarles lo adeudado y los ejecutaron. Los cuerpos fueron encontrados días después en una laguna. Aunque hay incertidumbre sobre dónde estuvieron ocultos y quién apretó el gatillo, se presenta una amplia evidencia que apunta a la responsabilidad de los D´Agostino. Se espera que testigos, familiares de las víctimas, personal policial y expertos en medicina legal respalden el caso. La Fiscalía asegura que la prueba presentada es objetiva, confiable y desinteresada, y solicita al jurado que valore la evidencia para que la verdad y la justicia prevalezcan.

En segundo término, la representante de la Querella, Dra. Susana Soletti, agradece al jurado y respalda las afirmaciones del Ministerio Público Fiscal en este caso. Destacan la importancia de la prueba que respalda su teoría y reafirma su compromiso con la madre de las víctimas. Manifiesta que Franco y Kevin Álvarez eran personas jóvenes y trabajadoras, cuyas vidas fueron truncadas por el crimen. Explica el significado legal de la alevosía en el homicidio y argumenta que los acusados actuaron sin dar oportunidad a la defensa de las víctimas. Solicita al jurado que emita un veredicto de culpabilidad basado en la evidencia presentada y en la memoria de los hermanos Álvarez. Termina con la frase “lo damos vuelta”, que luego desarrollará más en los alegatos finales.

Finalmente, los doctores Gaido y González, a cargo de la Defensa de Axel y Vicente D´Agostino, agradecen al jurado y enfatizan su responsabilidad en buscar la verdad en el juicio. Manifiestan que sus defendidos son inocentes y destacan sus circunstancias personales, como la reciente paternidad de Axel y las dificultades económicas de Vicente. Argumentan que la Fiscalía carece de pruebas sólidas y se basa en especulaciones para acusar a sus clientes. Ponen en duda la ubicación, el método y el autor del crimen, y cuestionan la falta de evidencia encontrada en los vehículos y en la escena del crimen. Afirman que la inocencia de sus clientes se demostrará durante el juicio y piden al jurado que emita un veredicto de no culpabilidad si tienen dudas razonables.

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Alegatos de clausura

En primer término, el Dr. Guzzo en representación del Ministerio Público presenta un resumen de las pruebas presentadas en el debate, pidiendo al jurado que analice las pruebas objetivamente y sin dejarse influir por emociones. Destaca la importancia de la imparcialidad en la administración de justicia. Se refiere a la responsabilidad del jurado como canalizadores de la verdad y destaca la necesidad de basar su veredicto en pruebas concretas. Se refiere a testimonios presentados por la defensa y argumenta que no desafían la teoría del caso de la fiscalía. Argumenta que la defensa no pudo desacreditar la teoría del caso de la fiscalía y concluye pidiendo que se declare a los acusados culpables por homicidio agravado con alevosía y uso de arma de fuego.

Continua la exposición de la Fiscalía la Doctora Andrea Lazo, manifestando que después de más de dos años de investigación, se pudo demostrar que los dos imputados cometieron este crimen. El caso se originó por una deuda de dinero relacionada con un trabajo no pagado en una obra de construcción. Se enumeran las evidencias presentadas por la Fiscalía, como testimonios, registros de geoposicionamiento y análisis balísticos que apuntan a la culpabilidad de los acusados. Se destaca la participación de ambos en el crimen y la falta de defensa de las víctimas, asesinadas a tiros por la espalda. Se insta al jurado a dictar un veredicto de culpabilidad basado en la evidencia presentada.

A su turno el  Dr. Diblasi, en representación de la Querella,  comienza destacando los testimonios que sitúan a los hermanos Álvarez en la obra donde trabajaban, la comunicación con su madre antes de desaparecer, la discusión con Fabián D´Agostino por una deuda, disparos escuchados en el área, comunicaciones que sugieren amenazas. Resalta que las pericias del Cuerpo Médico Forense indican que murieron el mismo día de su desaparición por disparos de arma de fuego desde atrás hacia adelante, en una posición de indefensión. Menciona el hallazgo de un arma de fuego en la casa de los D´Agostino y contradicciones en los testimonios de los acusados. Concluye manifestando que los D´Agostino son coautores del crimen, descartando la hipótesis de un crimen narco.

A continuación de la exposición de la querella, la Dra. Soletti agradece al jurado y rechaza la hipótesis de un homicidio relacionado con el narcotráfico, argumentando que no hay pruebas que respalden esa teoría. Se refiere a la estipulación sobre la capacidad de Axel D´Agostino para estar en el juicio, basada en una evaluación psiquiátrica y psicológica. Menciona una conversación amenazante entre Axel y Franco Álvarez antes de su muerte, y sostiene que esta frase cobra relevancia como evidencia de una emboscada. Concluye pidiendo al jurado que llegue a un veredicto de culpabilidad por el homicidio agravado por alevosía y uso de arma de fuego, basado en las pruebas presentadas durante el juicio.

Luego de los alegatos de apertura, toman la palabra la Defensa representada por el Dr. Gaido, quien comienza agradeciendo al jurado por su tiempo y destaca la importancia de su tarea de evaluar las pruebas integralmente. Se centra en tres preguntas clave: cuándo, dónde y cómo ocurrieron los hechos. Preguntas que no pudieron ser resueltas, a su modo de ver, con las pruebas presentadas por la Fiscalía. Destaca que la fecha de desaparición y aparición de los cuerpos coincide con la declarada por los acusados. Argumenta que los cuerpos podrían haber sido mantenidos en un frigorífico, lo cual no se ha comprobado. Destaca las debilidades en la investigación de la fiscalía, como la falta de certeza sobre el lugar de la muerte y la ausencia de pruebas concretas, como el arma homicida. Además, señala contradicciones en los testimonios y cuestiona la versión de la fiscalía sobre la participación de los acusados. Los imputados, en sus intervenciones finales, reafirman su inocencia y expresan el dolor por la pérdida de tiempo y la separación de sus familias. Finalmente, piden al jurado que sea justo en su veredicto y considere todas las pruebas antes de tomar una decisión.

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Veredicto

La doctora María Laura Guajardo, juez de la causa se dirige al Presidente del Jurado y consulta si han llegado a un veredicto, quien responde que si y manifiesta:

Nosotros los miembros del Jurado encontramos al acusado Vicente Fabián de D´Agostino Ferreira culpable como coautor del delito de homicidio agravado por alevosía en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego dos hechos en concurso real.

Nosotros los miembros del Jurado encontramos al acusado Leonel D´Agostino Cala culpable como coautor del delito de homicidio agravado por alevosía en concurso ideal con homicidio agravado por el uso de arma de fuego dos hechos en concurso real.

 

Instrucciones Iniciales

Instrucciones Finales

martillo negativo

Sentencia