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La Suprema Corte puso en funcionamiento la Secretaría de Competencia Originaria

Lo hizo, por unanimidad, a través de la acordada N° 30.761. Se trata de un espacio a través del cual se dará cumplimiento a la Ley N° 9.423 que fija la nueva forma en la que deberá funcionar el máximo tribunal de justicia de Mendoza.

A partir de hoy las causas Contencioso Administrativas ingresarán a la Suprema Corte de Justicia a través de a la Secretaría de Competencia Originaria, un espacio que decidió modificarse de la Sala 1 (para no tener que crear nuevos cargos) para que funcione como receptora de las demandas y que será la encargada de realizar los sorteos.

La puesta en funcionamiento de esta Secretaría se realizó, por Unanimidad de los integrantes del máximo tribunal de justicia, a través de la acordada N° 30.761 que ya se encuentra publicada en el Boletín Oficial de Mendoza.

Esta secretaría, estará a cargo de la Dora Gomina, quien pasa a ocupar este cargo luego de ser la responsable de la Secretaría de la Sala 1 que tenía la Suprema Corte de Justicia. Y Contará con los prosecretarios judiciales a María Cecilia Salinas (viene de la Sala 1) y Mauricio Martínez (Quien desempeñaba funciones en la Sala 2)

Este nuevo espacio dentro del máximo tribunal de justicia tendrá a su cargo e ingreso y tramitación de las siguientes causas:

  • Conflicto de Poderes
  • Acciones de Inconstitucionalidad
  • Acciones Procesales Administrativas
  • Acciones de lesividad
  • Procesos de Responsabilidad Patrimonial de los/las magistrados/as judiciales
  • Cuestiones de competencia
  • Acciones declarativas del Art. 3 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario en materias de competencias originaria de la Suprema Corte
  • Suspensión de ejecución del Acto Administrativo
  • Instrucción preventiva, medidas autosatisfactivas y otras medidas cautelares, vinculadas a materia de competencia originaria de la Suprema Corte.

En definitiva lo que establece la acordada N° 30.761 es la forma en la que comenzará a trabajar esta nueva Secretaría que tendrá a su cargo recibir todas las causas que ingresen en lo contencioso administrativa. Desde allí se sortearán las demandas entre los 7 ministros de la Suprema Corte, lo que significa una de las primeras novedades ya que antes el presidente del máximo tribunal cumplía solo tareas administrativas e ingresaba en las causas en caso de recusación de otro magistrado.

Procedimiento

Los profesionales habilitados para el ingreso de causas, deberán ingresar el escrito, en lo que se refiere a lo Contencioso Administrativo, exclusivamente por el portal de gestión de Causas Judiciales, seleccionando la dependencia: Secretaría de Competencia Originaria.

Allí se realizará el sorteo que será el encargado de asignar los Ministros de los Suprema Corte que deberán dictar sentencia, autos y decretos que deban ser resueltos en la causa. El primer ministro sorteado tendrá a su cargo la dirección del proceso y el ejercicio de las competencias previstas en la normativa y por sorteo también se determina el orden en el que emitirán el voto los magistrados.

En caso de que 1 o más ministros sean recusados y no puedan actuar se realiza un sorteo especial a fin a fin de asignar un integrante al solo efecto de resolver la excusación. Si se hace lugar se hace un nuevo sorteo para integral el tribunal colegiado.

Existen 3 tipos de sorteos. El primero es el inicial que asigna a 3 Ministros para resolver. El segundo sorteo Especial que puede asignar 1 o más ministros para resolver la excusación/recusación. Este sorteo tendrá una base de datos independiente del sorteo inicial. Si vuelve a salir el Ministro recusado/inhibido se deberá realizar otro hasta que salga un ministro distinto. Finalmente está el sorteo integrador, que asigna el ministro excusado o recusado para complementar el sorteo inicial. Este sorteo comparte la base de batos con el sorteo inicial.

Todo quedará registrado en un sistema elaborado por el departamento de informática. Este registro certifica la realización, con un ID de sorteo, la fecha, la hora el usuario que lo llevó adelante, los ministros que fueron sorteados, los que no resultaron sorteados. La documentación será publicada en la lista diaria y en los movimientos de los expedientes/causa.

Propuesta de la justicia

Cabe recordar que, el pasado 22 de septiembre, fueron los integrantes de la Suprema Corte de Justicia en pleno quienes presentaron ante la legislatura el proyecto de la Ley N° 9.423 que modifica de manera progresiva el funcionamiento del máximo tribunal de justicia de Mendoza.

Luego de varios días de reuniones en el 4to piso del palacio de justicia, Dalmiro Garay Cueli, Omar Palermo, Pedro Llorente, Mario Adaro, José Valerio, Julio Gómez y María Teresa Day (los 7 ministros de la SCJ) lograron acercar posiciones y acordar varios puntos que fueron presentaron en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de la Honorable Legislatura de Mendoza.

Entre otras cuestiones, esta ley en lo referido al gobierno de la corte, establece que “La Presidencia de la Suprema Corte de Justicia será ejercida por una Ministra o Ministro, elegida/o en una misma jornada, por dos tercios de los integrantes del Tribunal. Si luego de dos rondas de votación no se llegara a un acuerdo, en tercera ronda de votación podrá ser elegida/o por simple mayoría de votos computada sobre la totalidad de sus miembros”.

Y agrega que “La o el Ministro que ocupen la Vicepresidencia Primera se elegirá por simple mayoría de las y los ministros, sin participación de quien fuera elegida/o para ocupar la presidencia, salvo empate. La o el Ministro que ocupe la Vicepresidencia Segunda se elegirá por simple mayoría de las y los Ministros, excluidas/os de la votación quienes hayan sido designadas/os para desempeñar la Presidencia y la Vicepresidencia Primera”.

Uno de los cambios que se ven es que “Las/los Ministros designadas/os para ocupar la presidencia y las vicepresidencias durarán dos (2) años en la función y podrán ser reelegidas/os”. En la actualidad solo el presidente era elegido por 2 años, mientras que las vicepresidencias eran ocupadas por quienes presidian la Sala 1 y la Sala 2, cargo que era rotativo todos los años.