La legalización, es la autenticación, por semejanza, de la firma y sello del funcionario librador de un documento. Cumple la función de validar el instrumento a fin de que éste tenga efectos jurídicos para ser presentado ante autoridades de otras provincias, organismos federales y/o extranjeros. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser realizado por el interesado o un tercero y no se requiere de patrocinio letrado (abogado).
No deben tener más de seis meses de vigencia
Las actuaciones judiciales se pueden legalizar siempre que posean firmas de Funcionarios del Poder Judicial, cuya firma digital se encuentre vigente.
La Certificación de firmas consiste en dar por cierta y perteneciente al firmante que acredita su identidad, la rúbrica (firma) estampada por éste en un instrumento ante un secretario judicial.
En la Oficina de certificaciones se certifican firmas, no su contenido, en los siguientes trámites o documentos:
AUTORIZACIÓN DE VIAJE FUERA DEL PAÍS A MENORES DE EDAD
Es la autorización que deben otorgar los padres a un menor de edad para viajar fuera de la República Argentina. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales provinciales.
Gestión del trámite:
a) Si la persona menor de edad viaja sola y/o con terceras personas que no sea alguno de sus progenitores, deben firmar ambos al momento de la presentación de la documentación (excepto cuando hay algún tipo de restricción entre los padres).
b) Si viaja con alguno de sus progenitores, la autorización debe ser firmada por el progenitor autorizante.
Documentación a presentar:
Las personas menores de edad, entre 13 y 18 años, deben concurrir a la Oficina de Legalizaciones y Certificaciones para prestar su conformidad expresa (firma).
En caso de que uno de los padres esté radicado en otro país o provincia deberá presentar su autorización legalizada y apostillada, según la normativa del lugar en donde resida. Si, por el contrario, alguno de los dos hubiese fallecido se deberá presentar partida de defunción legalizada.
Los interesados deberán completar el formulario proporcionado por la Oficina de Certificaciones y Legalizaciones al momento de solicitar la autorización. Ver anexos siguientes:
Los jóvenes con 18 años de edad cumplidos no requieren autorización para salir del país (Ley nacional 26.579).
AUTORIZACIÓN DE ESTUDIANTES PARA QUE TERCEROS EFECTÚEN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS ANTE LAS CASAS DE ESTUDIO
Es un mandato administrativo otorgado por estudiantes del ciclo superior (grado o posgrado) a un tercero para que los represente y pueda efectuar gestiones en su nombre ante instituciones educativas o reparticiones públicas o privadas. El trámite es gratuito y debe ser solicitado por el interesado.
Documentación a presentar:
(*) En la nota debe especificarse el domicilio de la persona que otorga la autorización y el motivo del trámite. Ver Anexo Mandato Administrativo.
Se certifican firmas de ANSES en los siguientes formularios:
FORMULARIOS JUBILATORIOS y/o PREVISIONALES DE ANSES y/o AFIP
Es la certificación de las firmas de los formularios otorgados por ANSES y/o AFIP para el cobro del último haber o subsidios de sepelio. Es un trámite gratuito. Debe ser gestionado por quien percibirá la suma de dinero y/o los sucesores, quienes deberán presentar dos testigos mayores de edad que no sean parientes del interesado.
Documentación a presentar:
Se certifican firmas de ANSES en mandatos administrativos que no tengan valor pecuniario, es decir: Poder para validar un título y para la matriculación en otra provincia.
Documentación a presentar:
Es la certificación de la fidelidad de una copia con su original. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser efectuado por cualquier persona que se presente con la documentación original y sus copias.
Documentación a presentar:
La Certificación de firmas consiste en dar por cierta y perteneciente al firmante que acredita su identidad, la rúbrica (firma) estampada por éste en un instrumento ante un secretario judicial.
En la Oficina de certificaciones se certifican firmas, no su contenido, en los siguientes trámites o documentos:
1) AUTORIZACIÓN DE VIAJE FUERA DEL PAÍS A MENORES DE EDAD
Es la autorización que deben otorgar los padres a un menor de edad para viajar fuera de la República Argentina. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales provinciales.
Gestión del trámite:
a) Si la persona menor de edad viaja sola y/o con terceras personas que no sea alguno de sus progenitores, deben firmar ambos al momento de la presentación de la documentación (excepto cuando hay algún tipo de restricción entre los padres).
b) Si viaja con alguno de sus progenitores, la autorización debe ser firmada por el progenitor autorizante.
Documentación a presentar:
Las personas menores de edad, entre 13 y 18 años, deben concurrir a la Oficina de Legalizaciones y Certificaciones para prestar su conformidad expresa (firma).
En caso de que uno de los padres esté radicado en otro país o provincia deberá presentar su autorización legalizada y apostillada, según la normativa del lugar en donde resida. Si, por el contrario, alguno de los dos hubiese fallecido se deberá presentar partida de defunción legalizada.
Los interesados deberán completar el formulario proporcionado por la Oficina de Certificaciones y Legalizaciones al momento de solicitar la autorización. Ver anexos siguientes:
Los jóvenes con 18 años de edad cumplidos no requieren autorización para salir del país (Ley nacional 26.579).
2) AUTORIZACIÓN DE ESTUDIANTES PARA QUE TERCEROS EFECTÚEN TRÁMITES ADMINISTRATIVOS ANTE LAS CASAS DE ESTUDIO
Es un mandato administrativo otorgado por estudiantes del ciclo superior (grado o posgrado) a un tercero para que los represente y pueda efectuar gestiones en su nombre ante instituciones educativas o reparticiones públicas o privadas. El trámite es gratuito y debe ser solicitado por el interesado.
Documentación a presentar:
(*) En la nota debe especificarse el domicilio de la persona que otorga la autorización y el motivo del trámite. Ver Anexo Mandato Administrativo.
Se certifican firmas de ANSES en los siguientes formularios:
1) FORMULARIOS JUBILATORIOS y/o PREVISIONALES DE ANSES y/o AFIP
Es la certificación de las firmas de los formularios otorgados por ANSES y/o AFIP para el cobro del último haber o subsidios de sepelio. Es un trámite gratuito. Debe ser gestionado por quien percibirá la suma de dinero y/o los sucesores, quienes deberán presentar dos testigos mayores de edad que no sean parientes del interesado.
Documentación a presentar:
Se certifican firmas de ANSES en mandatos administrativos que no tengan valor pecuniario, es decir: Poder para validar un título y para la matriculación en otra provincia.
Documentación a presentar:
Es la certificación de la fidelidad de una copia con su original. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser efectuado por cualquier persona que se presente con la documentación original y sus copias.
Documentación a presentar:
La legalización, es la autenticación, por semejanza, de la firma y sello del funcionario librador de un documento. Cumple la función de validar el instrumento a fin de que éste tenga efectos jurídicos para ser presentado ante autoridades de otras provincias, organismos federales y/o extranjeros. El trámite tiene un costo en códigos o estampillas fiscales. Puede ser realizado por el interesado o un tercero y no se requiere de patrocinio letrado (abogado).
Se legalizan los siguientes documentos:
DOCUMENTOS ORIGINALES CON FIRMAS OLÓGRAFAS Y FIRMADOS DIGITALMENTE
No deben tener más de seis meses de vigencia
Las actuaciones judiciales se pueden legalizar siempre que posean firmas de Funcionarios del Poder Judicial, cuya firma digital se encuentre vigente.