Concluido el proceso de selección con la realización del examen Psicolaboral, la Comisión de Concurso publicará dentro de los cinco (5) días de concluido y superado este examen, el Orden de Mérito definitivo en el micrositio de la página web del Poder Judicial.
La lista de aspirantes definitiva se formará con aquellos aspirantes que aprueben las evaluaciones de conocimiento, en orden decreciente de acuerdo con el puntaje global final obtenido, y hubieran sido calificados en el examen psicofísico como ‘Apto’.
Podrá ir completándose de manera evolutiva hasta cubrir el cupo de cada circunscripción, habiendo cumplido los requisitos detallados en el párrafo anterior.
La lista de aspirantes definitiva tendrá una vigencia de un (1) año a partir de la publicación del primer ingresante apto, la que podrá ser prorrogada por igual término por la Sala Administrativa.
No obstante quedará a criterio del Área Psicolaboral la conveniencia o no de actualizar la Evaluación Psicofísica pasado el año de la determinación de la aptitud.
En ningún caso podrá incorporarse personal que no haya cumplido con los requisitos de la inscripción y aprobación de los pertinentes exámenes.
Teniendo en cuenta lo previsto en el art. 12 del Estatuto del Empleado Público, durante los primeros seis meses a partir de la designación, se procederá a realizar una evaluación de desempeño a los fines de determinar si el ingresante ha demostrado idoneidad y condiciones para las funciones del cargo conferido.
La convocatoria se realizará por orden de mérito de acuerdo al cupo por circunscripción. Este proceso se repetirá tantas veces como sea necesario hasta que el total de cupos se cubra con las personas calificadas “Aptas” para el puesto requerido.
Las conclusiones de la evaluación serán notificadas a los aspirantes en el correo electrónico constituido en el formulario de inscripción.
Teniendo en cuenta la proyección estimada de cobertura de vacantes de nivel inicial para el período de vigencia de las nóminas a obtener del presente llamado a concurso, esta evaluación se realizará siguiendo el Orden de Mérito, según el siguiente detalle:
La Sala Administrativa podrá disponer, por razones de servicio, la ampliación de la estimación que precede, para lo cual deberá respetarse el orden mencionado con antelación.