Las personas con intención de adoptar deben inscribirse en el Registro Provincial de Adopción (RPA). 

Este trámite permite inscribirse en el Registro Provincial de Adopción a aquellas personas que residan en la provincia de Mendoza, y estén interesadas en adoptar niñas, niños y adolescentes.

¿Cuáles son los pasos para adoptar un niño, niña o adolescente en el Registro Provincial de Adopción?

1 – Curso informativo obligatorio (acceda al instructivo)

2 – Documentación

3 – Evaluación psicológica y social

1- ¿Qué necesito para realizar el curso informativo obligatorio (primer paso)?

    • Participar activamente del curso informativo obligatorio virtual, completando las actividades propuestas de cada módulo.
    • Cargar la documentación requerida en el curso informativo obligatorio.

2- Documentación requerida:

    • DNI del/la/los postulantes.
    • Acreditación de domicilio real (en caso de no corresponder con el domicilio informado en el dni) mediante un impuesto, copia de contrato de alquiler.
    • Certificación de ingresos: mediante bono de sueldo; en caso de monotributista: constancia de inscripción y último pago, o certificado de contador público nacional.
    • Certificado/s de antecedentes penales actualizado.
    • Copia/s certificada/s de las/del acta/s de nacimiento de los hijos/hijas si tuviere.
    • Certificado/s del registro de deudores alimentarios morosos (lo gestiona el RPA)
    • foto del grupo familiar conviviente (no foto carnet).
    • en caso de tener hijos:  acta de nacimiento y DNI de los hijos menores de edad y copia de resolución judicial en caso de adopción.

Para la acreditación del estado civil, según corresponda:

    • Copia certificada de acta de matrimonio.
    • Copia certificada del acta de defunción del cónyuge.
    • Sentencia de declaración de ausencia con presunción de fallecimiento o desaparición forzada del cónyuge.
    • Sentencia de declaración de incapacidad o capacidad restringida del cónyuge/conviviente.
    • Acta de inscripción de unión convivencial o declaración jurada de la unión convivencial (de un plazo mayor a dos años).
    • Documentos probatorios de la separación de hecho de los cónyuges.

Para solicitantes extranjeros:

    • Acreditación de residencia en el país por más de cinco (5) años

Para la realización del trámite es necesario tener una edad mínima de 25 años, excepto que el cónyuge o conviviente cumpla con este requisito.

3- ¿Cómo sigue?

En los días siguientes a la finalización/aprobación del curso virtual y una vez verificada la documentación quedará inscripto como postulante comunicándole por correo electrónico su número de legajo.

Posteriormente el Registro de Adopción lo citará para comenzar con la etapa de las evaluaciones psicológicas y sociales.

¿Cuánto cuesta?

Es gratuito, el trámite de inscripción no requiere patrocinio de un abogado.


IMPORTANTE: Deberá ratificar una vez al año (un mes antes de su fecha de inscripción) su voluntad de continuar inscripto en el Registro Provincial de Adopción, ya que de lo contrario se le dará de baja al legajo.


 

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