Se prorrogó la realización de audiencias remotas hasta el 21 de agosto

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Así lo decidió el pleno de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, que extendió los plazos de las medidas tendientes a evitar la asistencia de público a las dependencias judiciales en contexto de pandemia.

A través de la acordada N° 29.587, la SCJM decidió prorrogar la realización de forma remota de todas las audiencias presenciales y semipresenciales en todos los fueros y en las cuatro circunscripciones judiciales de la provincia. La medida alcanza a todas las audiencias fijadas entre el 10 y el 21 de agosto inclusive.

En cuanto a aquellas audiencias que no puedan realizarse en forma remota, se determina su reprogramación dentro de los siguientes 30 días a la fecha fijada, a excepción de los casos de cámara gessell en el fuero penal, que podrán realizarse en forma presencial o semipresencial.

Para la SCJM las condiciones de la emergencia sanitaria (pandemia por COVID-19) que se tuvieron en cuenta al momento de la acordada 29.569 “no sólo no han cambiado, sino que se vieron agravadas; lo que impone la prórroga de la medida, a fin de preservar la salud de quienes cumplen funciones en este poder del Estado y de aquellos que concurren a diario a los tribunales, asegurando a su vez el acceso a la justicia”.

En cuanto a la asistencia del personal en sus lugares de trabajo, se mantiene la conformación y de equipos de trabajo para que cumplan funciones 14 días en forma presencial y 14 días en forma remota en aquellas dependencias y tribunales en los que esto sea posible.

La asistencia del público en general continúa restringida en todos los edificios judiciales, excepto penal y de familia. Para este último caso, se recuerda que los casos de violencia intrafamiliar pueden ser denunciados en forma remota en   https://www.jus.mendoza.gov.ar/web/direccion-de-derechos-humanos/formulario, donde ciudadanos y ciudadanas podrán acceder al formulario de denuncia y a una guía completa de contactos telefónicos para estos casos en las cuatro circunscripciones judiciales.

Acordada N° 29.587

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