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Vecinos de ciudad con condena a trabajo comunitario podrán cumplir la sentencia en su comunidad

La comuna capitalina recibirá a personas obligadas a ese tipo de labores impuestas por suspensiones de juicio a prueba y ejecuciones condicionales. Serán derivadas desde el fuero penal.

Ulpiano Suarez, Intendente de Capital y el presidente de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, Dalmiro Garay Cueli

La Suprema Corte de Justicia y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza firmaron un convenio en el cual establecieron que aquellas personas obligadas a realizar trabajos comunitarios que se impongan por parte de los juzgados y tribunales penales, lo hagan en el ámbito de ese municipio.

La medida, que fue rubricada por el Presidente del máximo tribunal de justicia, Dalmiro Garay Cueli y el Intendente Ulpiano Suárez, alcanza a todas las personas con residencia en Ciudad y que se encuentren imputadas en el marco de un proceso penal y será condición para la aplicación de suspensiones de juicio a prueba y condenas de ejecución penal.

De esta forma, todas aquellas personas que sean informadas desde la coordinación del fuero penal de la justicia mendocina deberá llevar a cabo “tareas sociales ejemplificadoras, con una finalidad restitutiva hacia la sociedad y de reinserción social hacia la persona obligada”, tal y como lo señala el acuerdo. Cabe destacar que se trata de tareas que no son remuneradas, ni representan puestos de trabajo, como tampoco implican obligaciones laborales.

“El fin restitutivo de la pena es que se devuelva a la sociedad el daño que se ocasionó mediante el trabajo comunitario. Hablamos de entre 300 o 400 personas que el año pasado tuvieron este tipo de condena y tienen domicilio en Capital”, explicó Garay Cueli.

Quien detalló que “se trata de delitos que por la cuantía de la pena no van a prisión efectiva pero que se entiende que para la reparación se requiere un trabajo comunitario. Si excluimos todos los delitos vinculados a violencia de género o uso de algún tipo de arma, cualquiera sea si tipo. Esos trabajos comunitarios no se van a hacer en el marco de este convenios”.

Finalmente el presidente de la Suprema Corte de Justicia invitó al resto de los municipios de la provincia a suscribir este convenio. “Si logramos coordinar con el resto de los municipios, esto implica que cada persona va a poder cumplir su condena en la comuna donde vive”.

Por su parte el intendente de la Capital, Ulpiano Suarez, destacó que “Son trabajos comunitarios cuya finalidad buscan evitar que esas conductas se reiteren y reparar el daño que se ocasiona a la sociedad en su conjunto con este tipo de conductas. Estamos trabajando mucho por la convivencia y el respeto. Es lo que venimos haciendo en el marco del código de convivencia, el respeto de los derechos”.

De todas manera aclaró que “las personas que estén sujetas a estos trabajos no reemplazan a un agente municipal, se van a asignar por secretaría de municipio las tareas específicas, como puede ser mantenimiento de espacios públicos, reparaciones, en generar tareas que buscan reinsertar a la persona”.

La mecánica del proceso es sencilla: aquellos vecinos y vecinas de Ciudad que se encuentren comprendidos en alguno de los supuestos que impliquen trabajos comunitarios recibirán una notificación con sus datos personales y el proceso penal por el que se encuentran obligados; además de la cantidad de horas y los días que deberá cumplir las actividades.

Por otro lado, aquellas personas que estén vinculadas a procesos con sentencias firmes, procesos en trámite por delitos contra la integridad sexual o cometidos en contexto de violencia de género o mediante el uso de cualquier tipo de armas, no se encuentran alcanzadas por el convenio y sus causas seguirán el curso judicial.

El marco legal por el que las autoridades de la Corte y la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza es el artículo 27 del Código Penal, que en su inciso 8 dispone la posibilidad de fijarse como regla de conducta para casos de condena condicional, la realización de “trabajos no remunerados en favor del Estado o de instituciones de bien público, fuera de sus horarios habituales de trabajo”.