¿Qué es el Fuero Penal Juvenil?

El sistema de administración de justicia de nuestra provincia cuenta con un fuero especializado para tratar las causas penales que se siguen contra personas que tienen entre 16 y 18 años y pueden ser acusadas y declaradas penalmente responsables por la comisión de algún delito. Se trata del Fuero Penal Juvenil, integrado por los Juzgados Penales Juveniles y los Tribunales Penales Juveniles que toman intervención ante supuestos de posibles delitos cometidos por jóvenes punibles que hayan sido denunciados en una fiscalía.

¿A partir de qué edad un adolescente es responsable penalmente?

Para comprender el funcionamiento del Fuero Penal Juvenil es importante saber quiénes son las y los jóvenes que pueden ser objeto de una causa penal. La punibilidad de adolescentes se encuentra regulada en la Ley Nacional 22.278 “Régimen penal de la minoridad”, lo que significa que existe un criterio común que rige en todo el territorio nacional. En la mencionada ley se establecen dos criterios para determinar cuándo un o una joven es punible: Un criterio biológico: sólo son punibles las personas entre sus 16 y 18 años. No son punibles las personas que no hubieren cumplido los 16 años de edad (art. 1 Ley 22.278). Ello significa que ante una situación de un posible delito cometido por una persona menor de 16 años deben tomar intervención los órganos administrativos con competencia para temas de infancias propios del Poder Ejecutivo. Un criterio de política criminal: sólo son punibles las personas que hubieren cometido ciertos tipos de delitos. La ley establece, a este respecto, que no son punibles las personas de entre 16 y 18 años por delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos años, con multa o con inhabilitación (art. 1 Ley 22.278).

¿Qué leyes regulan la actividad del Fuero Penal Juvenil?

La toma de conocimiento de causas donde se investiga a adolescentes punibles se realiza mediante los juzgados y tribunales penales juveniles, cuya integración, funcionamiento y competencia se encuentra regulada por la Ley provincial 6354. Ello significa que tiene una organización que es propia para la provincia de Mendoza y que puede diferir de las organizaciones institucionales dispuestas en otras provincias. La ley provincial dispone que la justicia en lo penal juvenil se encuentra integrada por el Juez en lo Penal de Menores, el Tribunal en lo Penal de Menores y el Ministerio Público (art. 109 Ley 6354), asegurando la especialidad absoluta de las agencias judiciales que intervienen en este tipo de procesos.

¿Qué es la especialidad?

Es una característica particular ya que las niñeces poseen los mismos derechos que todas las personas pero tienen además derechos especiales que derivan de su condición de vulnerabilidad. Según la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas son niños/as todas las personas menores de 18 años. Ello impacta en el ámbito de la justicia penal juvenil que debe seguir una serie de principios que suponen medidas específicas y especiales. Es decir, todas las personas y organismos que tomen contacto con esta situación deben tener en cuenta las particularidades de ese momento de la vida de las personas. Este especial momento vital hace razonable la existencia de toda una organización diferente al derecho penal de adultos que tenga en cuenta las características de los adolescentes. Las leyes, los procedimientos, las autoridades y las instituciones deben adaptarse a esta condición especial. Los que ejerzan facultades en las diferentes etapas de los juicios y en las distintas fases de la administración de justicia de niños deberán estar especialmente preparados y capacitados en los derechos humanos del niño y la psicología infantil para evitar cualquier abuso de la discrecionalidad y para asegurar que las medidas ordenadas en cada caso sean idóneas, necesarias y proporcionales dice la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

¿Cómo accedo a un abogado/a público?

El Ministerio Público de la Defensa y Pupilar de Mendoza cuenta con un equipo de abogados defensores especializados en la materia que representan en juicio a personas acusadas ante el fuero penal juvenil.

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Fuero Penal Juvenil:
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