
Medidas cautelares
Pasos a seguir para solicitar la cancelación de las inhibiciones, y la traba o cancelación de otras medidas cautelares.
Los siguientes profesionales: escribanos, abogados, procuradores.
1. Ingresar a Mi Registro On line – SaygesDRP
2. Hacer click en el ícono de “Mi Argentina” o “IOL” y colocar usuario y contraseña de esas aplicaciones.
3. Seleccionar el perfil de acuerdo a su profesión declarada.
4. En la pestaña Alta Trámites, buscar el grupo Profesionales, buscar la opción Poderes – Otros Actos
5. Realizar una solicitud por cada acto de poder que quiera ingresar:
6. Debe cargar los datos del instrumento (N° escritura o número de testimonio nativo digital y fecha) y posteriormente los datos del nuevo acto.
Para los casos de:
Si el poder NO está inscripto en SaygesDRP:
Deberá cargar los datos del poder original (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha). Deberá cargar los datos de todos los participantes involucrados.
Si el poder NO está inscripto previamente en SaygesDRP:
Deberán cargar los datos del poder original (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha).
Si el poder NO está inscripto previamente en SaygesDRP:
Deberán cargar los datos del poder original: (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha)
Deberá cargar los datos del otorgante, del aceptante y seleccionar el tipo de revocatoria, si es es sobre una de las partes o sobre una facultad.
Si el poder NO está inscripto previamente en SaygesDRP:
Deberá cargar los datos del poder original (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha)
Deberá cargar los datos del otorgante que solicita la ampliación y del nuevo aceptante.
Si el poder está inscripto en SaygesDRP
En caso de que se desee cambiar el tipo del poder, se deberán marcar o desmarcar las casillas de verificación con los tipos de poder asociados. Debe existir, al menos una marcada. En caso de que se desee rectificar una de las partes, se deberá seleccionar el erróneo y cargar los datos correctos.
Si el poder NO está inscripto en SaygesDRP:
Se deberá proceder por el SIRC.
Si el poder NO está inscripto previamente en SaygesDRP:
Deberán cargar los datos del poder original (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha)
Deberá cargar el número de orden del testimonio que se desea inscribir.
Si el poder está inscripto previamente en SaygesDRP:
Debido a que los datos están precargados, se deberá seleccionar si el participante renuncia al poder completo o a una facultad.
Si el poder NO está inscripto previamente en SaygesDRP:
Deberán cargar los datos del poder original (N° Escritura ó número de testimonio nativo digital y fecha)
Deberá cargar los datos del aceptante que desea renunciar e indicar si renuncia al poder completo o a una facultad.
Solo podrá desistirse de la inscripción si la misma se encuentra aún en trámite y todavía no está inscripto.
7. Adjuntar el instrumento del nuevo acto firmado digitalmente Para el caso de la rectificación además es obligatorio adjuntar el poder original con firma digital.
Si correspondiere agregar concuerda, apostillas, etc, se puede agregar siempre con firma digital.
En el único caso donde no es necesario adjuntar documento es para un Desistimiento.
8. Pagar las tasas que le aparecen en la aplicación. Los códigos se deben abonar de conformidad con el detalle del cuadro inferior.
9. Una vez pagado, debe hacer click en botón Enviar, el sistema automáticamente le da ingreso al Registro y le otorga número de entrada.
En caso de no presionar el botón Enviar, la solicitud aún no ha sido enviada ni por lo tanto ingresada al Registro.
Aclaración: En esta etapa del proceso se pueden ingresar los instrumentos públicos, incluyendo los de extraña jurisdicción siempre los documentos que se adjuntan deben encontrarse firmados digitalmente.
Próximamente se podrán ingresar los instrumentos privados.
Los trámites tienen un tiempo de procesamiento de 48 hs. hábiles.
Sí. Debe abonar las tasas tal como figuran en el sistema, la guía de valores figura en el siguiente cuadro.
(*) Por sustitución, revocatoria o renuncia de poder y por cada segundo o ulterior primer testimonio, etc.
(**) Por acta complementaria, modificatoria, rectificatoria, subsanatoria, etc., por certificaciones de todo tipo de poderes y por reingreso de poderes oportunamente devueltos.
Para verificar en qué estado se encuentra el trámite o continuar con un trámite inconcluso, seguir los siguientes pasos
Al pie del formulario encontrará en el bloque Adjuntos Entregados la respuesta a su solicitud.

Pasos a seguir para solicitar la cancelación de las inhibiciones, y la traba o cancelación de otras medidas cautelares.

Pasos a seguir para saber cómo proteger el hogar familiar frente a los acreedores.

Pasos a seguir para solicitar copia de escritura

Pasos a seguir para solicitar la cancelación del derecho real de usufructo.

Pasos a seguir para solicitar copia simple o certificada de la inscripción de un inmueble.

Pasos a seguir para inscribir un Reglamento de constitución de derecho real de propiedad horizontal

Pasos a seguir para solicitar informe de titularidad y gravámenes de un inmueble

Pasos a seguir para verificar si el solicitante registra o no inhibiciones a su nombre

Pasos a seguir para solicitar informe si una persona registra o no inmuebles a su nombre

Pasos a seguir para rubricar libros de consorcio de propiedad horizontal

Pasos a seguir el ingreso de una nueva actuación al sistema

Pasos a seguir para realizar la inscripción y solicitar informe de un poder.

Pasos a seguir para certificar la identidad de los particulares en los trámites que requieren firma certificada.

Pasos a seguir para solicitar turno para la recepción de protocolos y su posterior archivo.

Pasos a seguir para inscribir actos de poder como: sustitución, revocatoria, ampliación, rectificación, nuevo testimonio, renuncia o desistimiento