Solicitud de inscripción de expedientes judiciales y administrativos

Pasos a seguir para ingresar una nueva actuación al sistema.

¿Cómo puedo realizar el trámite?

Se trata de un trámite presencial que se ingresa en la Dirección de Registros Públicos ante la Mesa de Entradas Única.

¿Quién puede solicitarlo?

    • Titular
    • Profesional interviniente

¿Qué debo presentar?

Para sucesiones, títulos supletorios y divorcios

    • Rogatoria de expedientes. (Formulario: Rogatoria de Expedientes judiciales y administrativos) Si es suscripta por persona particular, debe certificar su firma ante escribano público o en Mesa Orientadora, en este último caso debe presentar: DNI y el sellado (Ver tasas retributivas)
    • Expediente (en formato papel o en formato electrónico).

– Si el expediente está en formato papel: acompañar expediente original o 2 juegos de copias certificadas por el juez o abogado de los documentos que integran el título. (arts. 52 a 59 Ley 8236)

– Si el expediente fue tramitado en formato electrónico: ingresar el oficio con el sellado correspondiente y, además, acompañar copias impresas de los documentos que integran el título con la leyenda: “Es copia fiel del original firmado digitalmente que tengo a la vista” con firma y sello del Juez o del abogado; o enviar la documentación con firma digital del Juez o abogado, por correo electrónico a: [email protected].

    • Oficio solicitando la inscripción:

– En soporte papel con firma ológrafa – de puño y letra- del Juez.

– En soporte electrónico con firma digital del Juez. En ese caso enviarlo a la casilla [email protected] e imprimir una copia para su ingreso con la leyenda “Es copia fiel del original firmado digitalmente que tengo a la vista”, firma y sello del abogado/notario.

    • Certificado catastral vigente (6 meses)
    • Constancia de CUIL/CUIT
    • Sellado de acuerdo avalúo fiscal de cada inmueble (debe pegarse en el oficio)

Para subastas

    • Rogatoria de Expedientes. (Formulario: Rogatoria de expedientes judiciales y administrativos) Si la Rogatoria es suscripta por particular, debe certificar su firma ante Escribano Público o en Mesa Orientadora. En este caso debe presentar DNI y el sellado.
    • Expediente en formato papel. En caso de no acompañarlo, deberá presentar copias certificadas del auto de aprobación; acta de remate; cesión de derechos y acciones si correspondiera; y acta de entrega de la posesión.
    • Oficio solicitando la inscripción, en formato papel o electrónico:

– En soporte papel con firma ológrafa del Juez

– En soporte electrónico con firma digital del Juez: enviarlo a la casilla [email protected] e imprimir una copia para su ingreso con la leyenda “Es copia fiel del original firmado digitalmente que tengo a la vista”, firma y sello del abogado/notario.

    • Certificado catastral vigente (6 meses)
    • Constancia de CUIL/CUIT
    • Sellado de acuerdo avalúo fiscal, pegado en el oficio. (Ver tasas retributivas)

¿El trámite tiene costo?

Sí. Los costos dependen del avalúo del inmueble. Los códigos pueden adquirirse en la Bolsa de comercio.

Sellado de acuerdo avalúo fiscal de cada inmueble (debe pegarse en el oficio):

Avalúo Fiscal hasta 500.000

Cód.         Tasa           Cód.      Ley 6279


620         $ 3.000         858         $ 1.800

Avalúo Fiscal más de 501.000 y hasta 5.000.000

Cód.          Tasa          Cód.     Ley 6279


621        $ 29.000       858      $ 26.200

Avalúo Fiscal más de 5.000.001

Cód.          Tasa          Cód.     Ley 6279


622        $ 43.600       858       $ 39.700

Trámite Urgente (Cód. 858):

Inscripción urgente: $ 31.500 hasta 3 inmuebles. Por cada inmueble que se agrega $ 16.700. Plazo de inscripción 8 días hábiles.

Si se transfiere parte indivisa: según su avalúo y en relación al porcentaje que se transmite:

Avalúo Fiscal hasta 500.000

Cód.         Tasa          Cód.       Ley 6279


593         $ 1.500        858         $ 1.200

Avalúo Fiscal más de 500.001

Cód.         Tasa          Cód.       Ley 6279


612         $ 4.800        858         $ 6.000

Trámite Urgente (Cód. 858):

Inscripción urgente: $ 31.500 hasta 3 inmuebles. Por cada inmueble que se agrega $ 16.700. Plazo de inscripción 8 días hábiles.

Consultar por otros trámites

Medidas cautelares

Pasos a seguir para solicitar la cancelación de las inhibiciones, y la traba o cancelación de otras medidas cautelares.